Acepta un Juzgado de Distrito juicio de amparo indirecto contra el titular de la SRA

martes, 17 de julio de 2007 · 01:00
México, D F, 16 de julio (apro)- El Juzgado Tercero de Distrito en el estado de Hidalgo dio entrada al juicio de amparo indirecto en contra del secretario de la Reforma Agraria, Abelardo Escobar Prieto, por la publicación de las convocatorias y modificaciones a las reglas de operación de dos programas El amparo fue interpuesto por la Unidad de la Fuerza Indígena y Campesina (UFIC), por considerar que hay iniquidad y marginación en la asignación de los recursos de los programas: Fondo de Apoyo a Proyectos Productivos Agrarios (FAPPA) y del Programa de la Mujer en el Sector Agrario (Promusag) Isidro Pedraza Chávez, presidente de la UFIC, informó que el Juzgado Tercero de Distrito acordó fijar para el día 18 de julio de 2007 a las 11:30 horas, la celebración de la audiencia constitucional en la sede de esta instancia del Poder Judicial de la Federación en el estado de Hidalgo El Juzgado Tercero de Distrito radicó el juicio de amparo indirecto iniciado por la UFIC en contra de las autoridades de la Secretaría de la Reforma Agraria en la mesa 4, bajo el número de expediente 777/2007 El dirigente de UFIC, organización que agrupa a más de 55 mil campesinos e indígenas en todo el país, indicó en su demanda de carácter administrativa de fondo en contra del titular de la SRA y otras autoridades de esta dependencia, que decidió recurrir al arbitraje federal ante la iniquidad de los recursos aplicados por el gobierno, que favorece a organizaciones campesinas que firmaron el Acuerdo Nacional para el Campo En los actos reclamados de este amparo se establece como autoridades responsables con carácter de ordenadoras al titular de la SRA, a los comités técnicos de los programas FAPPA y Promusag, además del director del Diario Oficial de la Federación Se reclama la inconstitucionalidad, en el caso de las Reglas de Operación del FAPPA del artículo 7, párrafo 15, en tanto que de Promusag se reclama la inconstitucionalidad del artículo 34 Por lo que respecta a la delegación de la Procuraduría Agraria en el estado de Hidalgo y a la representación de la SRA, el acto reclamado es la aplicación de las convocatorias y reglas de operación de dichos programas que entraron en vigor el pasado 11 de junio

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