Se discriminó a Eufrosina Cruz en Oaxaca: CNDH

viernes, 7 de marzo de 2008 · 01:00
* Congreso y autoridades estatales vulneraron derechos de la profesora México, D F, 6 de febrero (apro)- La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) consideró que Congreso y gobierno de Oaxaca vulneraron las garantías políticas de la profesora Eufrosina Cruz Mendoza, al negarle la posibilidad de llegar a ser alcaldesa, por su condición de mujer y debido a que el día de los comicios anularon las boletas que exhibían su nombre En el relevo de autoridades, el pueblo de Santa María Quiegolani se rige por el mecanismo de "usos y costumbres", que margina a las mujeres de ese proceso; pese a ello, Eufrosina Cruz decidió participar en las elecciones municipales del 4 de noviembre anterior Ese día, al evidenciarse que Eufrosina recibía el apoyo mayoritario de muchas mujeres que por primera vez votaban, las autoridades del lugar, sin mayor explicación, decidieron sacarla de la contienda y anular las boletas donde estaba impreso su nombre La profesora se quejó ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral que validó las elecciones en Santa María Luego hizo lo propio ante la Comisión Dictaminadora del Congreso local, que también avaló los comicios Después acudió a la Comisión Estatal de Derechos Humanos, sin resultado alguno Las autoridades de Oaxaca alegaron que en sus leyes están reconocidos los derechos indígenas de elegir a sus autoridades por la vía de "usos y costumbres", y que en Quiegolani no se permitía a las mujeres ser autoridades Agregaron que la profesora no había presentado pruebas de su queja La CNDH tomó el caso y pidió información a las autoridades legislativas y electorales que validaron la elección Hizo lo propio ante los representantes del municipio, los que nunca respondieron Entonces el ombudsman nacional comenzó una investigación y encontró que se violaron los derechos políticos de Eufrosina Cruz En un reporte especial, la CNDH destacó que en Oaxaca existen 82 municipios donde las mujeres sufren discriminación y sus derechos ciudadanos son violentados en los "usos y costumbres" En el caso de Eufrosina, advierte que se violaron cuatro artículos de la Constitución, así como otros tantos de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, Además se vulneró el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes: la Convención Interamericana sobre Concesión de los Derechos Políticos a la Mujer; Convención sobre Derechos Políticos de la Mujer de ONU, y Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer La CNDH aclaró que no es su papel calificar la realización de las elecciones en los pueblos indígenas de Oaxaca, sino observar el cumplimiento del respeto a los derechos humanos de mujeres y hombres Por ello recomendó a las autoridades de Oaxaca incorporar a la Constitución local medidas que prohíban todo tipo de discriminación Además que se reglamenten los artículos que ya existen en la materia para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres También definir normas pertinentes para que en los "usos y costumbres" no se vulneren los derechos de las mujeres, y finalmente se adopten programas de difusión en las comunidades sobre la materia

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