Corte niega amparo a Benjamín Arellano
MÉXICO, DF, 21 de octubre (apro) - La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó hoy un amparo al narcotraficante Benjamín Arellano Félix, cabeza del cártel de Tijuana, quien pretendía evitar con ello su extradición a Estados Unidos
Por unanimidad, los ministros determinaron la constitucionalidad del Tratado de Extradición Internacional celebrado entre Estados Unidos y México, el cual había sido cuestionado por la defensa por no haber sido suscrito por el presidente de la República
La SCJN argumentó que "el artículo 133 constitucional dispone que los tratados que estén de acuerdo con la Carta Magna, celebrados y que se celebren por el presidente de la República, con aprobación
del Senado, serán ley suprema de la Unión"
Aclaró que la interpretación sistemática de los artículos 76, 80, 89, 92 y 133 constitucionales permiten la actuación del jefe del Ejecutivo federal a través del secretario de Estado correspondiente
Sin embargo, la Corte sólo se pronunció sobre la constitucionalidad del tratado y regresó el expediente al Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal con sede en Toluca, que tendrá la última palabra sobre el caso
El 23 de junio de 2008, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) concedió la extradición Y el amparo promovido por Arellano fue negado en primera instancia por un juez de distrito de Toluca el 11 de mayo de 2009, pero está vigente una suspensión que impide su entrega a Estados Unidos
Arellano, detenido en marzo de 2002 en Puebla, es requerido por una Corte federal de San Diego, California, para ser procesado por múltiples cargos relacionados con tráfico masivo de drogas a Estados Unidos, dirigencia de una organización criminal y algunos homicidios
Por unanimidad, los ministros determinaron la constitucionalidad del Tratado de Extradición Internacional celebrado entre Estados Unidos y México, el cual había sido cuestionado por la defensa por no haber sido suscrito por el presidente de la República
La SCJN argumentó que "el artículo 133 constitucional dispone que los tratados que estén de acuerdo con la Carta Magna, celebrados y que se celebren por el presidente de la República, con aprobación
del Senado, serán ley suprema de la Unión"
Aclaró que la interpretación sistemática de los artículos 76, 80, 89, 92 y 133 constitucionales permiten la actuación del jefe del Ejecutivo federal a través del secretario de Estado correspondiente
Sin embargo, la Corte sólo se pronunció sobre la constitucionalidad del tratado y regresó el expediente al Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal con sede en Toluca, que tendrá la última palabra sobre el caso
El 23 de junio de 2008, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) concedió la extradición Y el amparo promovido por Arellano fue negado en primera instancia por un juez de distrito de Toluca el 11 de mayo de 2009, pero está vigente una suspensión que impide su entrega a Estados Unidos
Arellano, detenido en marzo de 2002 en Puebla, es requerido por una Corte federal de San Diego, California, para ser procesado por múltiples cargos relacionados con tráfico masivo de drogas a Estados Unidos, dirigencia de una organización criminal y algunos homicidios