Aprueban "ley antiaborto" en Tamaulipas; van 17 estados

viernes, 11 de diciembre de 2009 · 01:00

CIUDAD VICTORIA, Tamps., 11 de diciembre (apro).- El Congreso de Tamaulipas aprobó hoy por unanimidad reformas constitucionales y al Código Penal del estado para “garantizar el derecho a la vida de todo ser humano desde el momento de la fecundación hasta su muerte natural”.
    La celeridad con que fue aprobada la iniciativa –apenas el martes pasado fue presentada por la diputada priista, Magdalena Pedraza--, y el sigilo con que se manejó el contenido tomó por sorpresa a grupos defensores de los derechos reproductivos de las mujeres. Hasta el momento ninguna organización ha protestado por la reforma que convierte a Tamaulipas en el estado número 17 del país que sanciona el aborto.
    El pasado martes 8, cuando se conoció parte de la iniciativa, la diputada Magdalena Pedraza informó que el proyecto tenía como objetivo despenalizar el aborto.
    Sin embargo, hoy, el Congreso aprobó reformar el artículo 16 de la Constitución Política del estado para incorporar el “reconocimiento, protección y garantía del derecho a la vida de todo ser humano desde el momento de la fecundación hasta su muerte natural”.
    Así mismo, aprobó reformas al artículo 357 del Código Penal del estado para que la pena condenatoria de las mujeres procesadas por “el delito de aborto” pueda ser conmutada por un tratamiento médico y psicológico.
Los diputados tamaulipecos aprobaron también incrementar las sanciones en contra de quienes “promuevan, practiquen o fomenten” la práctica del aborto, con una reforma al artículo 358 del Código Penal del estado.
Para los médicos, parteras y enfermeras que practiquen abortos, los cambios al Código Penal del estado establecen que las penas se incrementarán de cinco a entre seis y siete años de cárcel, para que estas personas no puedan salir en libertad bajo fianza.
Lo que en un principio se manejó como una despenalización a la pena del aborto, fue desmentido por la diputada Magdalena Pedraza, pues los artículos que condenan a las mujeres que recurran a la suspensión del embarazo seguirán en el Código Penal como estaba hasta ahora: de uno a cinco años de cárcel.
“Lo que se aprobó fue una adición al Código, en la que se abre la posibilidad de que el juez pueda conmutar la pena que dictamine, si la mujer acepta someterse a un tratamiento integral que incluye la atención de un médico y una terapia psicológica”, explicó la legisladora.
Con la reforma, el artículo 357 del Código Penal del estado quedó de la siguiente manera: A la mujer que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar, se le impondrá una sanción de uno a cinco años de prisión, quedando facultado el juez para sustituirla por tratamiento médico integral, para lo cual sólo bastará que lo solicite y ratifique la responsable.
En cuanto al agravamiento de las penas para los médicos o personas que intervengan en el proceso abortivo, el artículo 358 del Código Penal señala ahora: Al que hiciere abortar a una mujer se le impondrá una sanción de cuatro a seis años de prisión, siempre que lo haga con el consentimiento de ella. Cuando falte el consentimiento, la prisión será de cinco a siete años y si mediar violencia física o moral se impondrán al autor de seis a ocho años de prisión.
En el artículo 360, la reforma aprobada por los diputados dice: Si el aborto lo causare un médico, partero o enfermero, además de la sanción que le corresponda conforme al artículo 358, se le suspenderá de tres a seis años en el ejercicio de su profesión.
La noticia de que la reforma contemplaba una despenalización del delito, incluso, provocó que el actor tamaulipeco Eduardo Verástegui, llegara en un viaje “exprés” a esta ciudad para entrevistarse con los diputados y abogara “por el derecho a la vida”.

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