Avala TEPJF uso electoral de programas federales
MÉXICO, D F, 25 de febrero (apro)- Avalado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) con el argumento de que no debe limitarse la libertad de expresión, el PAN seguirá usando los programas del gobierno federal en su campaña para las elecciones del 5 de julio
La Sala Superior del TEPJF desechó seis impugnaciones presentadas por el PRI y el PRD en contra de las determinaciones del IFE e institutos locales que aprobaron que el PAN utilizara los programas federales en su propaganda política
Según la mayoría de los magistrados, no hay ninguna prohibición en la legislación electoral para que durante los tiempos electorales los partidos políticos hagan referencia a sus programas, acciones o logros de sus gobiernos
La única restricción, dijeron, es la del nuevo artículo 134 de la Constitución que prohíbe a los funcionarios promoverse a través de los programas de gobierno
La posición minoritaria fue la de los ministros Flavio Galván y Manuel González Oropeza
Galván, quien se refirió a la impugnación presentada en contra de la propaganda del PAN en Michoacán, dijo que cuando ese partido se refiere al Seguro Popular y a las guarderías para madres trabajadoras, viola no sólo las leyes electorales, sino la Ley de Desarrollo Social y el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación
Explicó que esas normas prohíben la utilización de los programas sociales con fines distintos al desarrollo social "Esos mensajes sugieren que las acciones de gobierno mencionadas son exclusivas de un partido en particular", advirtió
En particular, se refirió a la leyenda "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político Queda prohibido su uso para fines distintos al desarrollo social", prevista en el artículo 28 de la Ley de Presupuesto
Esa advertencia se hizo para evitar la manipulación política y está dirigido incluso a los partidos políticos De lo contrario, dijo, no sería un enunciado prohibitivo
En su voto disidente, González Oropeza ?quien se refirió a los espectaculares del PAN? alertó, en alusión a lo que ocurrió durante el régimen del PRI, que permitir ese tipo de propaganda tiene el riesgo de volver a identificar las tareas de gobierno con un solo partido político
De forma clara, hizo ver que "cuando se dice 'Campaña Nacional de Afiliación; afíliate, 27 millones de beneficiarios con el Seguro Popular del Gobierno popular' lo que transmite es si yo quiero el Seguro Popular debo ser del PAN
"El Seguro Popular es una acción de gobierno, no de partido Hacer esta propaganda confunde al electorado y en ese sentido sí habría que retirarlos", dijo respecto a los espectaculares Pero la mayoría de magistrados optó por "la libertad de expresión de los partidos políticos"
La presidenta del TEPJF, María del Carmen Alanís, dijo que cuando un partido habla de los supuestos logros de los gobiernos emanados de sus filas, se genera información o propaganda en sentido contrario "En eso radica la libertad de expresión en un ambiente democrático"
El magistrado Pedro Esteban Penagos, quien se encargó de la impugnación presentada por el PRI en contra de la propaganda del PAN en Guanajuato, dijo que ni la Constitución ni las leyes electorales prohíben usar los logros de gobierno
Las expresiones a favor y en contra de programas gubernamentales forman parte del debate entre partido en un ambiente democrático, por lo que se debe maximizar y no restringir la libertad de expresión
En el mismo sentido se refirieron los ministros José Alejandro Luna Ramos y Salvador Olimpo Nava Gomar
Contrario a lo expresado por Galván respecto a la prohibición del uso de los programas de desarrollo social, el magistrado Constancio Carrasco Daza dijo que la limitación es sólo para funcionarios públicos, no para los partidos políticos
La Sala Superior del TEPJF desechó seis impugnaciones presentadas por el PRI y el PRD en contra de las determinaciones del IFE e institutos locales que aprobaron que el PAN utilizara los programas federales en su propaganda política
Según la mayoría de los magistrados, no hay ninguna prohibición en la legislación electoral para que durante los tiempos electorales los partidos políticos hagan referencia a sus programas, acciones o logros de sus gobiernos
La única restricción, dijeron, es la del nuevo artículo 134 de la Constitución que prohíbe a los funcionarios promoverse a través de los programas de gobierno
La posición minoritaria fue la de los ministros Flavio Galván y Manuel González Oropeza
Galván, quien se refirió a la impugnación presentada en contra de la propaganda del PAN en Michoacán, dijo que cuando ese partido se refiere al Seguro Popular y a las guarderías para madres trabajadoras, viola no sólo las leyes electorales, sino la Ley de Desarrollo Social y el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación
Explicó que esas normas prohíben la utilización de los programas sociales con fines distintos al desarrollo social "Esos mensajes sugieren que las acciones de gobierno mencionadas son exclusivas de un partido en particular", advirtió
En particular, se refirió a la leyenda "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político Queda prohibido su uso para fines distintos al desarrollo social", prevista en el artículo 28 de la Ley de Presupuesto
Esa advertencia se hizo para evitar la manipulación política y está dirigido incluso a los partidos políticos De lo contrario, dijo, no sería un enunciado prohibitivo
En su voto disidente, González Oropeza ?quien se refirió a los espectaculares del PAN? alertó, en alusión a lo que ocurrió durante el régimen del PRI, que permitir ese tipo de propaganda tiene el riesgo de volver a identificar las tareas de gobierno con un solo partido político
De forma clara, hizo ver que "cuando se dice 'Campaña Nacional de Afiliación; afíliate, 27 millones de beneficiarios con el Seguro Popular del Gobierno popular' lo que transmite es si yo quiero el Seguro Popular debo ser del PAN
"El Seguro Popular es una acción de gobierno, no de partido Hacer esta propaganda confunde al electorado y en ese sentido sí habría que retirarlos", dijo respecto a los espectaculares Pero la mayoría de magistrados optó por "la libertad de expresión de los partidos políticos"
La presidenta del TEPJF, María del Carmen Alanís, dijo que cuando un partido habla de los supuestos logros de los gobiernos emanados de sus filas, se genera información o propaganda en sentido contrario "En eso radica la libertad de expresión en un ambiente democrático"
El magistrado Pedro Esteban Penagos, quien se encargó de la impugnación presentada por el PRI en contra de la propaganda del PAN en Guanajuato, dijo que ni la Constitución ni las leyes electorales prohíben usar los logros de gobierno
Las expresiones a favor y en contra de programas gubernamentales forman parte del debate entre partido en un ambiente democrático, por lo que se debe maximizar y no restringir la libertad de expresión
En el mismo sentido se refirieron los ministros José Alejandro Luna Ramos y Salvador Olimpo Nava Gomar
Contrario a lo expresado por Galván respecto a la prohibición del uso de los programas de desarrollo social, el magistrado Constancio Carrasco Daza dijo que la limitación es sólo para funcionarios públicos, no para los partidos políticos