Avala SCJN despenalización del aborto en el DF
MÉXICO, DF, 2 de marzo (apro) - La Suprema Corte formalizó su aval a la despenalización del aborto en la Ciudad de México con la publicación de la resolución sobre la constitucionalidad de esas modificaciones
Como ocurre con cada resolución de la SCJN, una vez que se reunieron los argumentos y votos particulares de cada ministro, el alto tribunal publicó la decisión a la que llegó el 28 de agosto
En la sentencia se establece que le compete a los Congresos locales legislar sobre la despenalización de la interrupción del embarazo, criterio que será tomado en cuenta en otros estados para emitir leyes en la materia
El ministro José Ramón Cossío Díaz fue encargado de redactar la sentencia que impedirá que se puedan impugnar, por vía de los tribunales, las modificaciones al Código Penal para el Distrito Federal y la Ley de Salud capitalina, pues quedó asentado que dichas reformas no contravienen la Carta Magna
La sentencia ya se encuentra desde este lunes en el sitio de Internet que la Corte estableció para este litigio, en el que por 8 votos contra 3 fueron rechazados los argumentos de la Procuraduría General de la República (PGR) y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) para invalidar la reforma
El documento tiene en total mil 313 cuartillas, una de las sentencias más largas en la historia del máximo tribunal, y la redacción final tomó seis meses, luego de los debates de agosto de 2008
En el preámbulo del documento, se reconoce "la complejidad" de abordar el problema de si existe vida humana desde la concepción, ante la gran variedad de criterios encontrados entre sí, para luego rechazar que la vida sea un "derecho absoluto"
La resolución central es relativamente corta, de 206 páginas, y la conclusión central es que la despenalización fue correcta
"Este tribunal considera que la medida utilizada por el legislador resulta de este modo idónea para salvaguardar los derechos de las mujeres, pues la no penalización de la interrupción del embarazo tiene como contraparte la libertad de las mujeres para que decidan respecto de su cuerpo, de su salud física y mental e, incluso, respecto de su vida"
Al rechazar argumentos sobre discriminación a los hombres, la sentencia puntualiza que la "continuación del embarazo no deseado tiene consecuencias distintivamente permanentes y profundas para la mujer, con independencia de que cuente con el apoyo de otras personas en su continuación y después en el cuidado y la educación del niño"
Como ocurre con cada resolución de la SCJN, una vez que se reunieron los argumentos y votos particulares de cada ministro, el alto tribunal publicó la decisión a la que llegó el 28 de agosto
En la sentencia se establece que le compete a los Congresos locales legislar sobre la despenalización de la interrupción del embarazo, criterio que será tomado en cuenta en otros estados para emitir leyes en la materia
El ministro José Ramón Cossío Díaz fue encargado de redactar la sentencia que impedirá que se puedan impugnar, por vía de los tribunales, las modificaciones al Código Penal para el Distrito Federal y la Ley de Salud capitalina, pues quedó asentado que dichas reformas no contravienen la Carta Magna
La sentencia ya se encuentra desde este lunes en el sitio de Internet que la Corte estableció para este litigio, en el que por 8 votos contra 3 fueron rechazados los argumentos de la Procuraduría General de la República (PGR) y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) para invalidar la reforma
El documento tiene en total mil 313 cuartillas, una de las sentencias más largas en la historia del máximo tribunal, y la redacción final tomó seis meses, luego de los debates de agosto de 2008
En el preámbulo del documento, se reconoce "la complejidad" de abordar el problema de si existe vida humana desde la concepción, ante la gran variedad de criterios encontrados entre sí, para luego rechazar que la vida sea un "derecho absoluto"
La resolución central es relativamente corta, de 206 páginas, y la conclusión central es que la despenalización fue correcta
"Este tribunal considera que la medida utilizada por el legislador resulta de este modo idónea para salvaguardar los derechos de las mujeres, pues la no penalización de la interrupción del embarazo tiene como contraparte la libertad de las mujeres para que decidan respecto de su cuerpo, de su salud física y mental e, incluso, respecto de su vida"
Al rechazar argumentos sobre discriminación a los hombres, la sentencia puntualiza que la "continuación del embarazo no deseado tiene consecuencias distintivamente permanentes y profundas para la mujer, con independencia de que cuente con el apoyo de otras personas en su continuación y después en el cuidado y la educación del niño"