Por confuso, el TEPJF regresa al IFE expediente contra Demetrio Sodi

miércoles, 22 de julio de 2009 · 01:00
MÉXICO, D F, 22 de julio (apro)- Por falta de claridad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) regresó al Instituto Federal Electoral (IFE) el expediente sobre el procedimiento sancionador contra Demetrio Sodi, jefe delegacional electo en Miguel Hidalgo, por presuntos delitos electorales
Dicho recurso, tiene que ver con la "entrevista" que un comentarista deportivo de Televisa le hizo de manera "espontánea" a Sodi durante un partido de futbol celebrado antes de la jornada electoral
         De acuerdo con el magistrado Flavio Galván, quien elaboró el dictamen, el documento elaborado por el IFE carece de claridad porque, por una parte, dijo, declara infundada la queja promovida por el PRD en contra de Sodi y, por la otra, avala una propuesta en sentido contrario
         El pasado 22 de junio, el Consejo General del IFE determinó que la entrevista efectuada el 23 de mayo durante el intermedio de un partido de futbol entre Pumas de la UNAM contra Puebla en las semifinales de la liga mexicana, no configuró un delito electoral
         Sin embargo, consideró que Sodi sí incurrió en un acto de propaganda política
         Sodi alegó que se trató de una entrevista espontánea, sin embargo, días después aceptó que había sido pactada de antemano, aunque negó que hubiera pagado por el tiempo en pantalla
         Para el magistrado Galván, el IFE aprobó dos cosas diferentes en la misma sesión y el documento final es contrario a lo discutido y aprobado, por lo cual decidió regresar el documento
Explicó que el documento que se entregó a los afectados es confuso y carece de un enfoque adecuado, por lo que con un documento así, los denunciantes no pueden defenderse ante el Tribunal Electoral
"En el documento se dice que no es propaganda electoral, pero en la discusión se llega a la conclusión de que sí es propaganda electoral Primero se debe purgar ese error de forma, determinar qué es lo que realmente discutieron y aprobaron, y una vez que este contenido se refleje en el documento, podrán impugnar el contenido, teniendo la posibilidad de una adecuada defensa y garantía de seguridad jurídica de los propios apelantes", señaló el magistrado Flavio Galván
Afirmó que al existir tal incongruencia en el documento, no pueden entrar al fondo del asunto para analizar la naturaleza jurídica de esa entrevista y cuestionar si fue un contrato y qué tipo de convenio se hizo con Televisa
Por su parte, el magistrado Salvador Nava afirmó: "La incongruencia es de tal magnitud que no corresponde lo que se votó, con lo que se dictó y con lo que se notificó; en consecuencia, es necesario que se aclare que fue lo que aprobaron, en un sentido de certeza, objetividad, congruencia, en resumen, de seguridad jurídica"
El nuevo marco constitucional impide que personas físicas contraten espacios en medios electrónicos y escritos propaganda electoral para influir en las preferencias electorales

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