PGR: vigente, orden de captura contra Godoy Toscano
MÉXICO, DF, 31 de julio (apro) - Después que el diputado electo por el distrito de Lázaro Cárdenas, Julio César Godoy Toscano, negara este viernes cualquier vínculo con La Familia Michoacana, la Procuraduría General de la República (PGR) respondió que para la dependencia sigue siendo un prófugo de la justicia, por lo cual sus derechos ciudadanos están limitados y tampoco puede ejercer sus derechos políticos
El vocero de la PGR, Ricardo Nájera Herrera, aclaró que contra Godoy Toscano está vigente una orden de captura por delincuencia organizada, la cual será consumada por la Policía Federal Ministerial u otra corporación que tenga conocimiento de su paradero
En entrevista, argumentó que "el artículo 38 de la Constitución en su fracción quinta precisa que los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden por estar prófugo de la justicia, desde que se dicta la orden de aprehensión hasta que prescribe la acción penal"
Agregó que el artículo 55 de la Carta Magna señala que para ser diputado se requiere ser ciudadano mexicano por nacimiento y en ejercicio de sus derechos, los que en el caso de Godoy Toscano se encuentran "limitados por ser prófugo de la justicia y en consecuencia no puede ejercer sus derechos políticos"
El funcionario de la PGR advirtió que aunque las autoridades electorales hayan ratificado a Godoy Toscano como diputado federal electo, ello es independiente del asunto estrictamente jurídico
Aseguró que se trata de "dos situaciones distintas: la orden de aprehensión que ordenó un juez se tiene que cumplir, y tanto el Tribunal como las autoridades electorales deben cubrir los requisitos que para ese efecto se tienen en función de la elección; en su momento se verá qué parte deberá cubrirse para notificaciones"
Apenas un día antes el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) había ratificado a Godoy Toscano como diputado federal por el distrito uno de Michoacán, con cabecera en Lázaro Cárdenas
Incluso la magistrada Margarita Favela reveló que "ninguna autoridad ministerial aportó información sobre la situación jurídica del candidato electo, sin que esta Sala Regional entonces pueda suplir a las autoridades competentes que tienen la obligación de comunicar a este Tribunal aquellas situaciones que estén relacionadas con la situación jurídica de los ciudadanos y que pudieran tener relación con su elegibilidad"
El vocero de la PGR, Ricardo Nájera Herrera, aclaró que contra Godoy Toscano está vigente una orden de captura por delincuencia organizada, la cual será consumada por la Policía Federal Ministerial u otra corporación que tenga conocimiento de su paradero
En entrevista, argumentó que "el artículo 38 de la Constitución en su fracción quinta precisa que los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden por estar prófugo de la justicia, desde que se dicta la orden de aprehensión hasta que prescribe la acción penal"
Agregó que el artículo 55 de la Carta Magna señala que para ser diputado se requiere ser ciudadano mexicano por nacimiento y en ejercicio de sus derechos, los que en el caso de Godoy Toscano se encuentran "limitados por ser prófugo de la justicia y en consecuencia no puede ejercer sus derechos políticos"
El funcionario de la PGR advirtió que aunque las autoridades electorales hayan ratificado a Godoy Toscano como diputado federal electo, ello es independiente del asunto estrictamente jurídico
Aseguró que se trata de "dos situaciones distintas: la orden de aprehensión que ordenó un juez se tiene que cumplir, y tanto el Tribunal como las autoridades electorales deben cubrir los requisitos que para ese efecto se tienen en función de la elección; en su momento se verá qué parte deberá cubrirse para notificaciones"
Apenas un día antes el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) había ratificado a Godoy Toscano como diputado federal por el distrito uno de Michoacán, con cabecera en Lázaro Cárdenas
Incluso la magistrada Margarita Favela reveló que "ninguna autoridad ministerial aportó información sobre la situación jurídica del candidato electo, sin que esta Sala Regional entonces pueda suplir a las autoridades competentes que tienen la obligación de comunicar a este Tribunal aquellas situaciones que estén relacionadas con la situación jurídica de los ciudadanos y que pudieran tener relación con su elegibilidad"