Los adictos, enfermos, no delincuentes: SCJN

jueves, 17 de septiembre de 2009 · 01:00
MÉXICO, D F, 17 de septiembre (apro)- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el artículo 199 del Código Penal Federal, por lo que los fármaco dependientes deberán ser tratados como enfermos, no como delincuentes
         Luego de un cerrada votación, seis contra cinco, la Corte determinó que el artículo 199 del Código Penal Federal es discriminatorio contra los adictos cuando son detenidos en posesión de drogas para consumo personal
         Con la determinación, la Corte avaló la reforma para combatir el narcomenudeo que entró en vigor el pasado 20 de agosto
El artículo 199 del Código Penal Federal ordenaba someter a un proceso judicial a los adictos cuando éstos fueran detenidos en posesión de drogas para consumo personal Sin embargo, a quienes eran detenidos en las mismas condiciones, pero declaraban no tener adicción, se les dejaba en libertad inmediatamente
         Aun cuando al final los adictos quedaran en libertad, gracias a la figura de "excusa absolutoria", quedaban fichados
El artículo 199 del Código Penal Federal que declaró inconstitucional la Corte ya fue reformado el pasado 19 de agosto
La reforma penal que entró en vigor el pasado 20 de agosto despenaliza de la posesión de drogas en cantidades consideradas para consumo personal
En dicha reforma se estableció que el Ministerio Público no podrá ejercer acción penal cuando la persona tenga en su poder menos de 500 miligramos de cocaína; de 5 gramos de cannabis o mariguana; 40 miligramos de metanfetamina; 2 gramos de opio o 50 miligramos de heroína, entre otras drogas
Paralelamente se estableció que se le debe dar prioridad a los tratamientos para farmacodependencia que quedarán a cargo de la Secretaría de Salud

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