Oficial: Orvañanos y Sodi, delegados en Miguel Hidalgo y Cuajimalpa
MEXICO, DF, 28 de septiembre (apro) - El pleno de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró, por unanimidad, ganadores a los panistas Demetrio Sodi y Carlos Orvañanos en las delegaciones Miguel Hidalgo y Cuajimalpa
Según los magistrados, ninguno de los dos candidatos rebasó los topes de campaña, con lo que revocaron el fallo del Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF), que anuló las elecciones en ambas demarcaciones y ordenado comicios extraordinarios
El TEPJF consideró que la entrevista que Sodi de la Tijera concedió a Televisa durante la transmisión de un partido de futbol no se podía contabilizar como propaganda
Igualmente, determinó que Orvañanos tampoco se excedió en gastos de campaña
De esa forma los magistrados Eduardo Arana Miraval, Roberto Martínez Espinosa y Miguel Ángel Zarazúa Martínez aprobaron los dictámenes elaborados, en el caso de Sodi, por Martínez Espinosa, y en el de Orvañanos, por los dos primeros
Concluida la sesión, Demetrio Sodi celebró su ratificación como delegado electo, al señalar en un comunicado que "triunfó la razón jurídica"
En tanto el representante de Ana Gabriela Guevara, el diputado local Víctor Romo, también en un comunicado, acusó a los magistrados de sucumbir a la "presión, dinero y jugosos puestos públicos"
Cabe destacar que el nombramiento de Martínez Espinosa fue impugnado en octubre del año pasado por el senador de Convergencia Dante Delgado, quien denunció que, sin tener la experiencia necesaria, aquél pasó a formar parte del Tribunal Electoral sólo por su vinculación al Partido Acción Nacional (PAN)
Y es que el magistrado Martínez es hijo de Miguel Ángel Martínez Cruz, panista que ha sido diputado federal en dos ocasiones, 1982 y 2000, y del Congreso local de Jalisco, en 1996, además que su hermano, Miguel Ángel, es desde 2005 secretario de Educación de esa entidad, aparte de otros cargos políticos y administrativos ligados al PAN
No fue sorpresa entonces que, en las resoluciones aprobadas hoy, los magistrados Martínez Espinosa y Arana Miraval hicieran suyos los argumentos que presentó el PAN en sus impugnaciones a las sentencias del TEDF, en el sentido de que tanto el Instituto Electoral como el Tribunal Electoral del Distrito Federal actuaron de forma "discrecional" en las investigaciones que llevaron a la anulación de ambas elecciones
En ambos casos, los dictámenes señalan que la Unidad Técnica Especializada de Fiscalización (UTEF), instancia del Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF), rebasó sus facultades al investigar más allá de los presuntos agravios presentados en sus quejas los candidatos del PRD-PT-Convergencia para las delegaciones Miguel Hidalgo y Cuajimalpa, Ana Gabriela Guevara y Adrián Ruvalcaba
Además, se consideró que de forma irregular la UTEF admitió pruebas adicionales a sus solicitudes de investigación, hechos que violaron "los principios de legalidad, seguridad jurídica y debido proceso" a los panistas impugnados
También se argumentó que el PAN no estaba obligado a entregar información correspondiente a sus gastos de campaña, como lo solicitó en varias ocasiones la UTEF, dado que el plazo legal vencía 60 días después de la jornada electoral
El primer proyecto que se puso a consideración de los magistrados fue el de la delegación Cuajimalpa, en que no sólo se descalificó la actuación de la UTEF, sino que se consideró que Carlos Orvañanos ni siquiera erogó lo que el IEDF aprobó
Al establecer que la UTEF sólo debió indagar sobre las pruebas que presentó Ruvalcaba y su partido en su queja el 4 de julio, referentes a pintas de bardas, lonas, gallardetes, pendones y espectaculares, el resultado sería que Orvañanos gastó 308 mil 284 pesos, monto por debajo del tope establecido de 468 mil 257 pesos
En el documento leído en el pleno, se indica que la UTEF no debió admitir como pruebas supervenientes informaciones sobre el acto de cierre de campaña ni sobre los artículos propagandísticos repartidos durante la campaña de Orvañanos, pues esos datos no formaban parte de la primera queja
En su intervención después de la lectura del proyecto, el presidente de la Sala Regional, Arana Miraval, aseguró que "quedó demostrada la ilegalidad de la actuación del IEDF, confirmada indebidamente por el TEDF", al que la demandante presentara "pruebas novedosas" con la finalidad de anular la elección de Cuajimalpa
Por su parte, el magistrado Martínez Espinosa comparó la sentencia de Cuajimalpa con la de Coyoacán, en la que el PAN es quien acusa al PRD de haber rebasado topes de campaña, pero la demanda no procedió ni en el IEDF ni en el TEDF, por lo que para el magistrado ello refleja que en ambos órganos "las investigaciones no son homogéneas, sino que son discrecionales", lo que viola el "principio de certeza e imparcialidad"
Sin quererse adentrar en los "motivos" de las diferentes formas de actuación de los órganos electorales de la capital, Martínez Espinosa atribuyó en todo caso la decisión a un "error metodológico" y a un vacío en la legislación electoral del Distrito Federal, en la que no se acotan las facultades de las autoridades en la materia
El dictamen que echó abajo la anulación de la elección en Miguel Hidalgo desestima los dos elementos que para el IEDF y el TEDF acreditaban el rebase de tope de campaña de Demetrio Sodi:
Una factura por 200 mil pesos y la entrevista transmitida por Televisa durante el partido de futbol Pumas-Puebla, el 23 de mayo pasado
En el caso de la factura de la empresa Mega Direct, el proyecto elaborado por Martínez Espinosa asegura que la UTEF "incumplió" su deber, al no haber informado con oportunidad al PAN sobre las dudas que arrojaba el documento entregado por el proveedor, así como en no haber admitido una carta de deslinde entregada por el partido después del cierre de instrucción
En cuanto a la entrevista televisiva, se alega que el TEDF "motivó indebidamente" la inclusión de la misma como gasto de campaña, cuando en fechas anteriores a la sentencia de anulación y en pronunciamientos "expresos", el Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) y la Sala Superior del TEPJF determinaron que no había elementos para "presuponer que fue una aportación en especie" a la campaña de Sodi, aunque se reconocieron elementos de propaganda en el contenido de la entrevista
En defensa de su dictamen, Martínez Espinosa aseguró que el TEDF tomó de la resolución de la Sala Superior del TEPJF sólo aquello que afectaba la nulidad de la elección en Miguel Hidalgo, mas no la parte que refería que no era "sancionable", debido a que no se comprobó que la entrevista se dio por un contrato entre el candidato y la televisora
Por su parte Demetrio Sodi aseguró que en la sentencia definitiva "triunfó la razón jurídica", y se comprometió a trabajar "coordinadamente" con los legisladores de la Asamblea Legislativa y el gobierno de Marcelo Ebrard para "cumplir con todo mis compromisos de campaña"
En tanto que la representación legal de Ana Gabriela Guevara, a través del diputado Víctor Romo, acusó a los panistas de violar la legislación electoral del Distrito Federal "a través de mecanismos oscuros de presión, dinero y jugosos puestos públicos a los magistrados"
Advirtió en un comunicado que las resoluciones en Cuajimalpa y Miguel Hidalgo ponen en riesgo el proceso electoral de 2012, en que se difundirán "una gran cantidad de mensajes propagandísticos electorales que no serán contabilizados y menos sancionados, sean legales o ilegales en su procedencia"
Según los magistrados, ninguno de los dos candidatos rebasó los topes de campaña, con lo que revocaron el fallo del Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF), que anuló las elecciones en ambas demarcaciones y ordenado comicios extraordinarios
El TEPJF consideró que la entrevista que Sodi de la Tijera concedió a Televisa durante la transmisión de un partido de futbol no se podía contabilizar como propaganda
Igualmente, determinó que Orvañanos tampoco se excedió en gastos de campaña
De esa forma los magistrados Eduardo Arana Miraval, Roberto Martínez Espinosa y Miguel Ángel Zarazúa Martínez aprobaron los dictámenes elaborados, en el caso de Sodi, por Martínez Espinosa, y en el de Orvañanos, por los dos primeros
Concluida la sesión, Demetrio Sodi celebró su ratificación como delegado electo, al señalar en un comunicado que "triunfó la razón jurídica"
En tanto el representante de Ana Gabriela Guevara, el diputado local Víctor Romo, también en un comunicado, acusó a los magistrados de sucumbir a la "presión, dinero y jugosos puestos públicos"
Cabe destacar que el nombramiento de Martínez Espinosa fue impugnado en octubre del año pasado por el senador de Convergencia Dante Delgado, quien denunció que, sin tener la experiencia necesaria, aquél pasó a formar parte del Tribunal Electoral sólo por su vinculación al Partido Acción Nacional (PAN)
Y es que el magistrado Martínez es hijo de Miguel Ángel Martínez Cruz, panista que ha sido diputado federal en dos ocasiones, 1982 y 2000, y del Congreso local de Jalisco, en 1996, además que su hermano, Miguel Ángel, es desde 2005 secretario de Educación de esa entidad, aparte de otros cargos políticos y administrativos ligados al PAN
No fue sorpresa entonces que, en las resoluciones aprobadas hoy, los magistrados Martínez Espinosa y Arana Miraval hicieran suyos los argumentos que presentó el PAN en sus impugnaciones a las sentencias del TEDF, en el sentido de que tanto el Instituto Electoral como el Tribunal Electoral del Distrito Federal actuaron de forma "discrecional" en las investigaciones que llevaron a la anulación de ambas elecciones
En ambos casos, los dictámenes señalan que la Unidad Técnica Especializada de Fiscalización (UTEF), instancia del Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF), rebasó sus facultades al investigar más allá de los presuntos agravios presentados en sus quejas los candidatos del PRD-PT-Convergencia para las delegaciones Miguel Hidalgo y Cuajimalpa, Ana Gabriela Guevara y Adrián Ruvalcaba
Además, se consideró que de forma irregular la UTEF admitió pruebas adicionales a sus solicitudes de investigación, hechos que violaron "los principios de legalidad, seguridad jurídica y debido proceso" a los panistas impugnados
También se argumentó que el PAN no estaba obligado a entregar información correspondiente a sus gastos de campaña, como lo solicitó en varias ocasiones la UTEF, dado que el plazo legal vencía 60 días después de la jornada electoral
El primer proyecto que se puso a consideración de los magistrados fue el de la delegación Cuajimalpa, en que no sólo se descalificó la actuación de la UTEF, sino que se consideró que Carlos Orvañanos ni siquiera erogó lo que el IEDF aprobó
Al establecer que la UTEF sólo debió indagar sobre las pruebas que presentó Ruvalcaba y su partido en su queja el 4 de julio, referentes a pintas de bardas, lonas, gallardetes, pendones y espectaculares, el resultado sería que Orvañanos gastó 308 mil 284 pesos, monto por debajo del tope establecido de 468 mil 257 pesos
En el documento leído en el pleno, se indica que la UTEF no debió admitir como pruebas supervenientes informaciones sobre el acto de cierre de campaña ni sobre los artículos propagandísticos repartidos durante la campaña de Orvañanos, pues esos datos no formaban parte de la primera queja
En su intervención después de la lectura del proyecto, el presidente de la Sala Regional, Arana Miraval, aseguró que "quedó demostrada la ilegalidad de la actuación del IEDF, confirmada indebidamente por el TEDF", al que la demandante presentara "pruebas novedosas" con la finalidad de anular la elección de Cuajimalpa
Por su parte, el magistrado Martínez Espinosa comparó la sentencia de Cuajimalpa con la de Coyoacán, en la que el PAN es quien acusa al PRD de haber rebasado topes de campaña, pero la demanda no procedió ni en el IEDF ni en el TEDF, por lo que para el magistrado ello refleja que en ambos órganos "las investigaciones no son homogéneas, sino que son discrecionales", lo que viola el "principio de certeza e imparcialidad"
Sin quererse adentrar en los "motivos" de las diferentes formas de actuación de los órganos electorales de la capital, Martínez Espinosa atribuyó en todo caso la decisión a un "error metodológico" y a un vacío en la legislación electoral del Distrito Federal, en la que no se acotan las facultades de las autoridades en la materia
El dictamen que echó abajo la anulación de la elección en Miguel Hidalgo desestima los dos elementos que para el IEDF y el TEDF acreditaban el rebase de tope de campaña de Demetrio Sodi:
Una factura por 200 mil pesos y la entrevista transmitida por Televisa durante el partido de futbol Pumas-Puebla, el 23 de mayo pasado
En el caso de la factura de la empresa Mega Direct, el proyecto elaborado por Martínez Espinosa asegura que la UTEF "incumplió" su deber, al no haber informado con oportunidad al PAN sobre las dudas que arrojaba el documento entregado por el proveedor, así como en no haber admitido una carta de deslinde entregada por el partido después del cierre de instrucción
En cuanto a la entrevista televisiva, se alega que el TEDF "motivó indebidamente" la inclusión de la misma como gasto de campaña, cuando en fechas anteriores a la sentencia de anulación y en pronunciamientos "expresos", el Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) y la Sala Superior del TEPJF determinaron que no había elementos para "presuponer que fue una aportación en especie" a la campaña de Sodi, aunque se reconocieron elementos de propaganda en el contenido de la entrevista
En defensa de su dictamen, Martínez Espinosa aseguró que el TEDF tomó de la resolución de la Sala Superior del TEPJF sólo aquello que afectaba la nulidad de la elección en Miguel Hidalgo, mas no la parte que refería que no era "sancionable", debido a que no se comprobó que la entrevista se dio por un contrato entre el candidato y la televisora
Por su parte Demetrio Sodi aseguró que en la sentencia definitiva "triunfó la razón jurídica", y se comprometió a trabajar "coordinadamente" con los legisladores de la Asamblea Legislativa y el gobierno de Marcelo Ebrard para "cumplir con todo mis compromisos de campaña"
En tanto que la representación legal de Ana Gabriela Guevara, a través del diputado Víctor Romo, acusó a los panistas de violar la legislación electoral del Distrito Federal "a través de mecanismos oscuros de presión, dinero y jugosos puestos públicos a los magistrados"
Advirtió en un comunicado que las resoluciones en Cuajimalpa y Miguel Hidalgo ponen en riesgo el proceso electoral de 2012, en que se difundirán "una gran cantidad de mensajes propagandísticos electorales que no serán contabilizados y menos sancionados, sean legales o ilegales en su procedencia"