Doble sentencia contra México

lunes, 4 de octubre de 2010 · 01:00

MÉXICO, D.F., 4 de octubre (Proceso).- El Estado mexicano volvió a quedar mal ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que lo condenó a raíz de los abusos cometidos por miembros del Ejército:

Al tiempo que el máximo tribunal interamericano ratificó la sentencia emitida en torno al caso de Rosendo Radilla –ordenó modificaciones al Código de Justicia Militar para evitar que los tribunales castrenses atiendan los casos de violaciones a los derechos humanos cometidos por sus efectivos– dictó dos más el pasado viernes 1.

Ese día, la Corte emitió las sentencias de los juicios seguidos contra México en relación con los casos de las indígenas Valentina Rosendo Cantú e Inés Fernández Ortega, violadas por soldados en febrero de 2002 la primera y un mes después la segunda, en las comunidades de Acatepec y Ayutla de los Libres, en el estado de Guerrero.

Atendidos por el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan (CDHMT), el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil, por su acrónimo inglés) y la Organización del Pueblo Indígena Me’phaa, los casos de Valentina e Inés se han mantenido en la impunidad durante ocho años en el fuero militar y sus agresores no han sido castigados. Las indígenas, sus familias y sus abogados, en cambio, han sido amenazados y agredidos por sostener su exigencia de justicia (Proceso 1589).

En ambas sentencias, los jueces hallaron pruebas de que México violó tres tratados internacionales en agravio de las indígenas y sus familias: la Convención Americana de Derechos Humanos, la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.

La Corte, presidida por el peruano Diego García Sayán, declaró en ambos casos a México responsable de violación a los derechos de integridad personal, a la dignidad y a la vida privada, de transgredir los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial y de incumplir “la obligación de garantizar, sin discriminación, el derecho de acceso a la justicia”.

En el caso de Inés Fernández –violada en su casa frente a sus hijos–, la Corte encontró responsabilidad en el Estado mexicano por la “violación del derecho a no ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en el domicilio”, en tanto que en el de Valentina “el Estado es responsable por la violación a los derechos del niño”: ella era menor cuando fue agredida por los soldados.

Santiago Aguirre, abogado del CDHMT considera “históricas” las sentencias y puntualiza en entrevista que ponen en evidencia “las consecuencias de la militarización, un tema de muchísima actualidad, porque si bien los casos de Valentina e Inés ocurrieron en 2002 muestran los abusos que cometen las Fuerzas Armadas cuando se entrometen en tareas que no les corresponden”.

Los jueces de la Corte Interamericana, agrega Aguirre, probaron “que cuando es la propia autoridad militar la que investiga los abusos que cometen sus elementos y que constituyen delitos, además de violaciones a los derechos humanos, las posibilidades de que desemboquen en impunidad son muy altas”.

En ambas sentencias, los jueces de la Corte Interamericana obligan al Estado mexicano a “adoptar en un plazo razonable las reformas legislativas pertinentes para compatibilizar el artículo 57 del Código de Justicia Militar con los estándares internacionales en la materia y de la Convención Americana de Derechos Humanos”, instrucción que ya había dado en la sentencia por el caso Radilla, líder campesino desaparecido por el Ejército en 1974 (Proceso 1729).

En el caso de Inés, se agregó una observación al Poder Judicial para que haga reformas que permitan que “las personas afectadas por la intervención del fuero militar cuenten con un recurso efectivo de impugnación de tal competencia”.

“Este aspecto resulta muy relevante”, apunta Aguirre, “pues hasta ahora la Suprema Corte de Justicia de la Nación le ha negado a las víctimas impugnar la competencia del fuero militar. Inés recurrió a un amparo para que la Procuraduría de Justicia Militar se abstuviera de atraer su caso, pero se le negó personalidad jurídica para ello”.

Para la abogada del Cejil, Alejandra Nuño, otro aspecto a destacar de las sentencias de Inés y Valentina es que la Corte Interamericana reconoció que las agresiones sexuales de miembros del Ejército fueron un acto de tortura.

En sus denuncias ante la instancia interamericana, ambas mujeres han sostenido que cuando fueron agredidas los soldados las sometieron a un interrogatorio: a Inés le preguntaron por su marido y a Valentina, por “encapuchados” o guerrilleros (Proceso 1699 y 1752).

“La Corte retomó la veracidad del testimonio de Valentina y de Inés, mujeres sumamente valientes que han enfrentado todos los obstáculos y el cuestionamiento de que los hechos que narraron no sucedieron. Esa fue la argumentación y la respuesta del Estado”, señala Nuño.

Resalta que a pesar de que la representación del Estado reconoció parcialmente algunas responsabilidades internacionales al no concluir de forma expedita las investigaciones, “siempre puso en entredicho el hecho de que se haya cometido la violación sexual y el hecho de que había dilación, y sostuvo que la jurisdicción militar era el fuero adecuado para juzgar esas violaciones a los derechos humanos”.

La negación de los hechos en el gobierno de Calderón llega a tal grado que en el comunicado 471/10 de la Secretaría de Gobernación para informar sobre las sentencias de la Corte, no se menciona a los militares como responsables de las agresiones a las indígenas ni que la investigación de los casos estaba estancada en la Procuraduría de Justicia Militar.

Los resolutivos de las sentencias consideran que las investigaciones de las agresiones sexuales deben remitirse al fuero ordinario; ordena sanciones para los agentes del Ministerio Público de Guerrero que “dificultaron la recepción” de las denuncias y, en el caso de Rosendo Cantú, al médico que la atendió después de haber sido agredida por no dar parte a las autoridades; se ordena al Estado hacer un reconocimiento público de la responsabilidad internacional en ambos casos, así como reparar el daño a las víctimas, atenderlas a ellas y a sus familias médica y sicológicamente y dar becas escolares a los hijos de ambas indígenas.

Entre las medidas que los jueces de la Corte Interamericana ordenan para mejorar el sistema de procuración y administración de justicia destacan la estandarización de protocolos para la atención de mujeres agredidas y adaptar parámetros internacionales; capacitación a funcionarios de las procuradurías para la atención de mujeres agredidas sexualmente y programas permanentes de capacitación en materia de respeto a los derechos humanos para las Fuerzas Armadas.

Para las comunidades indígenas de donde son originarias Inés y Valentina –Barranca Tecoani y Caxitepec– los jueces instruyeron que en la primera se abriera un centro comunitario y en la segunda se fortaleciera el centro de salud con medicamentos y médicos, además de que se pide garantizar la educación secundaria para las niñas indígenas.

Satisfechos con las sentencias, los abogados Santiago Aguirre y Alejandra Nuño advierten que tras las resoluciones de la Corte Interamericana no hay pretextos para retrasar las reformas al fuero militar.

“Las sentencias muestran una realidad presente en las comunidades indígenas y rurales de Guerrero, situación que se ha extendido a todo el país: las violaciones a derechos humanos cometidas por militares que quedan en la impunidad. He ahí la urgencia de fortalecer los controles de rendición de cuentas de las Fuerzas Armadas”, señala Aguirre.

Alejandra Nuño advierte: “Si el Estado mexicano sigue remitiendo casos ante la jurisdicción militar por violaciones graves a los derechos humanos, si sigue con una política de seguridad totalmente inadecuada, si continúa sin realizar protocolos de investigación adecuados y sigue desconociendo y excluyendo a mujeres que históricamente han sido vulneradas porque son mujeres, indígenas pobres, México va a seguir siendo juzgado seguramente por muchas otras instancias internacionales”.  l

 

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