La Ley del Libro y su reglamento

jueves, 29 de abril de 2010 · 01:00

MÉXICO, D.F., 29 de abril (apro).- Después de haberse publicado en el Diario Oficial de la Federación, el pasado viernes 23, el reglamento correspondiente, finalmente entró en vigor la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, promulgada en julio de 2008.

Dicha ley, considerada como uno de los ordenamientos jurídicos más consensuados, fue votada por unanimidad en el Senado y en 2006 obtuvo mayoría simple entre los diputados.

Durante todo el proceso de su concepción, debate y aprobación, además del veto del entonces presidente Vicente Fox, así como la nueva discusión y la reaprobación en las cámaras en 2008, contó con el respaldo de buena parte de editoriales, libreros, autores y otros miembros de la comunidad cultural.

La Cámara Nacional de la Industria Editorial (Caniem), presidida por Victórico Albores Santiago, celebró el pasado viernes la publicación del reglamento, pues con ello, dijo, “toda la cadena del libro trabajará bajo los preceptos de esta ley, de modo que sus efectos benéficos comiencen a sentirse cuanto antes”. No obstante, admitió que “como todo instrumento legal, este reglamento es seguramente perfectible” y “el análisis detallado que habrá de hacerse en los próximos meses permitirá afinarlo en un futuro”.

Y como ejemplo de aspectos susceptibles de revisarse mencionó las Bibliotecas de Aula y Escolares, “que figuran en la ley, pero que apenas se mencionan en este reglamento”.

El aspecto más controvertido de la ley ha sido el llamado “precio único”, sobre el cual algunos de sus defensores opinan que se logrará con ello un precio más bajo para los libros en sus diversos puntos de venta y con ello se beneficiaría a los lectores, además de que se ampliarían las ventas, favoreciendo la existencia de más librerías.

Sin embargo, el editor Miguel Ángel Porrúa afirmó que eso beneficia sólo a las grandes transnacionales.

Los artículos del reglamento referentes a ese punto van del 16 al 31, y establecen que el editor o importador de libros fijará a cada edición el precio único de venta al público, y solicitará al Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura la inscripción en el Registro del Precio Único de Venta al Público, pero se hace una excepción para los vendedores al menudeo cuando la edición o importación se hizo 18 meses antes de la venta y cuando se trate de libros antiguos, usados, descatalogados, agotados o artesanales.

El precio único tendrá una vigencia de 18 meses, contados a partir de la fecha de edición o importación. La primera será la que aparece en el colofón del libro, y la de importación será la correspondiente a la petición de importación.

Esa medida se ve como una contradicción, y tal vez quede sujeta a la interpretación de si los 18 meses se cuentan con la fecha de edición o pedido o el día en que salen los libros a la venta.

El plazo de 18 meses fue cuestionado en su momento, cuando se señaló que impedirá que los libros puedan ofertarse a un menor precio del que se les marcó inicialmente, con lo cual no se podrían realizar rebajas en eventos como el cierre de ferias de libro, ventas nocturnas o festividades como el Día Internacional del Libro.

Meses atrás Porrúa comentó que el reglamento privilegiaba la legalidad de los incrementos para que las empresas no mermen sus utilidades, además de que “elimina el beneficio para que los lectores no obtengan descuentos y precios accesibles por sus compras, y de esa manera, añadió, el libro se convierte en un artículo de lujo para los mexicanos”.

Con ello con la ley misma, según el editor, se “vulnera gravemente el derecho de los mexicanos a la lectura y el conocimiento”.

Cabe mencionar que del proyecto de reglamento original se eliminaron un par de artículos, en los que se establecía lo siguiente:

“En los casos de venta a plazos, crédito o por suscripción, los editores o importadores podrán fijar el precio único de venta al público considerando las condiciones específicas de esas formas de venta.”

Además, que “ningún libro que se encuentre bajo al régimen del precio único de venta al público podrá ser objeto de dispositivos que ofrezcan beneficios al comprador, tales como programas de fidelidad, cliente frecuente o similares, que provean descuentos, regalos, puntos, bonificaciones o compensaciones de cualquier índole, absorción de gastos de envío o cualquier otro que implique un descuento sobre dicho precio”.

Ambos artículos fueron muy criticados, y finalmente se eliminaron del reglamento.

Sobre la ley y su reglamento, siguen sin convencer a muchos. Luego de publicarse el reglamento, el escritor Alejandro Sandoval hizo circular un breve mensaje por internet, donde comentó: “Si hay algo que agradecer, es que sea una breve tontería. A los compradores de libros comunes y corrientes, nosotros, pues, no nos dice nada.”

Por lo pronto, la Caniem ha anunciado que el precio único no tendrá vigencia sino hasta que esté listo el Registro del Precio Único de Venta al Público.

 

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