Sin derechos políticos, las personas sujetas a libertad condicional: SCJN

martes, 22 de junio de 2010 · 01:00

MÉXICO, D.F., 22 de junio (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó hoy que aquellas personas que, por diversas circunstancias, sean declaradas culpables de la comisión de un delito y obtengan la libertad condicional, mantendrán suspendidos sus derechos políticos.

El fallo de la Suprema Corte crea jurisprudencia, por lo que su observancia será obligatoria para todos los tribunales del país.

Lo anterior fue resultado de la resolución de una contradicción de tesis entre tribunales federales sobre el tema.

De acuerdo con la ministra Olga Sánchez Cordero, autora del dictamen de sentencia, en los casos referidos es aplicable el artículo 38 constitucional, cuya fracción tercera señala que los derechos y prerrogativas políticas, como los de votar y ser votado a puestos públicos, se suspenden “durante la extinción de una pena corporal”.

El ministro Salvador Aguirre Anguiano dijo que la extinción de la pena continúa aplicándose pese a que una persona obtenga su libertad condicional, ya que está sujeto a una serie de condiciones que le impone el juez.

Por su parte, el presidente de la Corte, el ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia, señaló: “Yo no estaría de acuerdo en que digamos que la privación de los derechos del ciudadano, única y exclusivamente se puede dar como una consecuencia de la pena de prisión, porque desde el régimen Constitucional hay previsiones en otro sentido.”

La condena condicional sólo se puede otorgar a nivel federal a reos condenados a 4 años de prisión o menos, que hubieran sido procesados por delitos no considerados graves o violentos.

Durante el debate, la Corte hizo referencias al criterio reciente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que ha considerado que las personas sujetas a proceso penal, pero libres bajo fianza, mantienen sus derechos políticos aunque el artículo 38 diga lo contrario.

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