Presunto culpable: la duda razonable

viernes, 18 de febrero de 2011 · 01:00

MÉXICO, D.F., 18 de febrero (Proceso).- Reclusorio Oriente:

–¿Su nombre completo, señor?

–Zúñiga Rodríguez, José Antonio.

–¿Cuándo ingresó?

–El 14 de diciembre de 2005

–¿Por qué delito?

–Homicidio calificado.

Así comienza uno de los avances del documental Presunto culpable que se difunden en internet. En la cinta, José Antonio Zúñiga Rodríguez queda libre por ser inocente del asesinato que le imputaban, el de Juan Carlos Reyes Pacheco. Según el expediente, obtuvo su libertad por “duda razonable”.

En el juicio hubo elementos que a los magistrados de la Quinta Sala del Tribunal de Justicia del Distrito Federal les indicaban que era culpable; sin embargo aparecieron datos contradictorios que apuntaban a su inocencia. Ante la duda se optó por liberarlo.

La historia acerca del asesinato de Juan Carlos se inició el 11 de diciembre de 2005 y fue narrada horas más tarde, ante el agente del Ministerio Público, por el primo de la víctima, Víctor Daniel Reyes Bravo, quien por ser menor de edad acudió acompañado por su padre. En los autos se lee:

“Aproximadamente a las 14:30 de la tarde, Víctor Daniel se presentó al domicilio de Juan Carlos para que lo acompañara a ver a su madrastra Clara Esquivel, quien le pidió que fuera a verla. Ella vive en el predio Degollado. Tomaron un pesero en la calle 39 de Santa Cruz Meyehualco. Minutos después ambos bajaron del pesero en Manuel Cañas, lugar hasta el que llegó el pesero, y empezaron a caminar; en ese momento fueron interceptados por cuatro sujetos del sexo masculino que iban caminando, así como uno más que iba en una bicicleta de color azul.

“Los cuatro que iban caminando les preguntan que de qué banda eran. Al mismo tiempo, dos de los sujetos empezaron a golpearlo con pies y manos, al tiempo que los otros tres golpeaban a Juan Carlos en diferentes partes del cuerpo con pies y manos.

“Víctor Daniel logró soltarse de los sujetos y echarse a correr como una cuadra sobre la calle por donde iban y como cinco minutos después regresó a ver a Juan Carlos, a quien encontró tirado en el piso de la calle Benito Juárez y Fuentes Estelo. Lo encontró inconsciente y sangrando de la cabeza. Posteriormente llegaron varias patrullas y una ambulancia, entonces escuchó que su primo estaba muerto.

“En ningún momento escuchó disparar un arma de fuego. Sabe que el sujeto que llevaba la bicicleta se llama Luis e ignora sus apellidos. Y que lo conoce debido a que en un tiempo convivió con otros sujetos más del lugar. Luis vive en el predio Degollado (proporciona domicilio exacto) y, por lo que hace a los otros sujetos, de uno de ellos sólo sabe que le dicen El Crucito, e ignora su domicilio; a otro le dicen El Ojitos, él vive en el predio Degollado Chico.

“Los conoce debido a que tanto él como su primo le compraban mariguana a Luis, y que al parecer el motivo por el que los golpearon fue porque Juan Carlos le debía a Luis mariguana”, indica el expediente.

A continuación, el agente del Ministerio Público le mostró a Víctor Daniel una bicicleta y éste indicó que era igual a la que llevaba Luis. El testigo dijo que cuando conoció a Luis éste tenía una pistola chica, al parecer calibre .22. Añadió que en el momento de los hechos Luis iba sacando algo de su cintura, de color negro; al parecer se trataba del arma.

Al día siguiente, Víctor Daniel se presentó nuevamente acompañado de su padre a ratificar y ampliar su declaración. El testigo volvió a mencionar que él y su primo fueron interceptados por cuatro sujetos que iban a pie. Precisa que otro de ellos, el cual ahora sabe –por información de los policías judiciales– que responde al nombre de José Antonio Zúñiga Rodríguez, El Toño o El Largo, fue quien les dijo: “Ya chingaron a su madre”. Señaló que fueron El Toño y Luis quienes lo golpearon.

 

Coartada

 

En su declaración, Víctor Daniel manifestó que conocía a Antonio sólo de vista; indicó que lo vio unas siete u ocho veces en una tienda ubicada frente a la rosticería (domicilio de Luis), cuando llegaba a juntarse con ellos. Señaló que el día de los hechos fue llevado a la agencia del Ministerio Público a presentar su declaración. Un médico le hizo la prueba de rodizonato de sodio y abandonó el lugar al día siguiente, cuando el resultado fue negativo.

Aclaró que durante el tiempo que estuvo en la delegación los judiciales lo llevaron al lugar de los hechos para ver si reconocía a alguien. Fue entonces que al ver a Antonio lo identificó de inmediato.

En el expediente se indica que José Antonio Zúñiga Rodríguez declaró que el día de los hechos se encontraba en su puesto de venta de videojuegos, instalado en el mercado. Indicó que ahí permaneció todo el día y que incluso a la hora del altercado estaba comiendo con su amiga Nancy Cruz Morales, Ulises Hernández y con Jorge Armando Torres, quien cerca del puesto tiene un acuario. Añadió que a las 18:00 horas cerró su puesto y se retiró del lugar junto con Nancy y Saúl López Gutiérrez.

El 12 de diciembre, José Antonio, en compañía de su amiga Nancy Cruz Morales, regresaba de desayunar en el marcado que se ubica en Manuel Cañas, esquina con Benito Juárez.

“Al cruzar el camellón me detienen por la espalda y sin mostrarme una orden, soy ingresado al automóvil. En ese momento veo a tres personas: una de ellas es José Manuel Ortega Saavedra (policía judicial), quien conducía. Venía un judicial de mi lado izquierdo y otro en la parte de enfrente del copiloto y un muchacho a mi lado derecho.

“Desde que llegué a la delegación este señor (Ortega Saavedra) me decía que me iba a dar golpizas, manotazos en el pecho y me tuvo parado frente a la pared horas… Me mostró un retrato hablado, mofándose de mí. Al ver ese retrato le aseguré que no se parecía a mí y él textualmente me dijo: ‘Yo ya te agarré. Ya te chingaste’”, declaró el acusado.

Para la consignación del expediente, el MP integró la declaración del menor, de los policías judiciales, del policía auxiliar, informes de la Policía Judicial, testigos de identidad. Asimismo, anexó las diligencias químicas realizadas para detectar alcohol y drogas. El resultado de estas dos últimas fue positivo en la víctima.

El caso llegó al juez Vigésimo Sexto Penal del Distrito Federal el 14 de diciembre de 2005. Auxiliado por un defensor de oficio, Antonio Zúñiga rindió su declaración preparatoria en la que negó los hechos que se le imputaban, así como su presencia en el lugar y a la hora en que ocurrió el asesinato. Al día siguiente nombró como defensor al abogado particular Enrique Ramírez Santiago. El 16 de diciembre de 2005 el juez le decretó la formal prisión por el delito de homicidio calificado con ventaja.

Este litigante ofreció pruebas a favor de su defendido: ampliación del procesado, de testigos, de los remitentes, de los policías, de los testigos de identidad –de lo que ya existía en el expediente.

También aseguró que presentaría testigos de buena conducta que “avalarán” y “avalan” que su representado no se encontraba en el lugar de los hechos cuando sucedió el homicidio. Precisó que ese día estuvo de las 10 de la mañana a las seis de la tarde en un tianguis ubicado en Iztapalapa. Ofreció el testimonio de 21 personas que confirman ese hecho, así como 22 cartas de buena conducta.

El defensor apeló el auto de formal prisión; sin embargo, el 13 de febrero de 2006 la Quinta Sala, integrada por los magistrados Ana Marcela Pasquel y Ramírez, Salvador Ávalos Sandoval y el juez Arturo Eduardo García Salcedo, confirmó el auto de formal prisión.

 

Maraña jurídica

 

En distintas fechas se efectuaron las audiencias y finalmente se cerró la instrucción. El 19 de abril de 2006, el juez dictó sentencia considerando que se tenían por demostrados los elementos del delito de homicidio calificado, así como la responsabilidad de José Antonio Zúñiga. Lo condenó a 20 años cinco meses y 18 días de prisión. La defensa apeló; recurrió a la Quinta Sala, y el 15 de junio de 2006, por unanimidad, los magistrados confirmaron la sentencia.

Luego de 14 meses, el 9 de agosto de 2007, el sentenciado promovió un “incidente no especificado”; argumentó que no gozó del derecho básico de defenderse porque su abogado, Enrique Ramírez Santiago, no estaba legitimado para ejercer: litigaba con una cédula profesional falsa.

En ese momento el juez se declaró incompetente y José Antonio apeló. El 15 de octubre de 2007 la misma Quinta Sala ordenó la reposición del procedimiento. De esta manera, el 18 de octubre de ese año, el juez emitió un nuevo auto de formal prisión. Se reanudó el procedimiento y se ofrecieron pruebas. José Antonio ya contaba con otro defensor, el abogado Rafael Heredia, quien ofreció las mismas pruebas que reunió el primer litigante. 

Se repuso el procedimiento y el 25 de febrero de 2008 el juez Vigésimo Sexto determinó que estaba acreditado el delito de homicidio calificado con ventaja e impuso la misma condena de 20 años. Heredia apeló y el asunto entró en estudio a la Quinta Sala. El 25 de abril de 2008 ésta resolvió revocar la sentencia y ordenó la inmediata y absoluta libertad por “duda razonable”.

En el laudo se consignó:

“Existe una corriente probatoria que nos ubica al ahora sentenciado, José Antonio Zúñiga, como autor de los hechos que se le incriminan y que merecen credibilidad. Tenemos otra corriente probatoria que también merece confiabilidad y que permite ubicar a José Antonio en lugar distinto al sitio en que se cometió el delito. Ambas resultan confiables, por lo tanto surge en la mente de este órgano revisor un estado de hesitación y perplejidad por no saber por cuál corriente inclinarse, sugiriendo así lo que es la duda prevista en el artículo 247 del Código de Procedimientos Penales del DF, que establece: ‘…en caso de duda debe absolverse’”.

De acuerdo con los promocionales de Presunto culpable, el caso de José Antonio Zúñiga reunió todos los malos manejos del sistema jurídico mexicano: contubernio de jueces, prepotencia de policías…

 

Vicios de origen

 

En entrevista con este semanario, la subprocuradora de Procesos de la Procuraduría General de Justicia del DF, Martha Laura Almaraz, asegura, sin dar cifras, que hay funcionarios del sistema de justicia que han sido sancionados por irregularidades en otros procesos judiciales.

–En el caso que nos ocupa, ¿los magistrados fueron los mismos? –se le pregunta.

–Sí, por antecedente. Igual que el juez, a quien le ordenaron reponer el proceso no por anomalías ni por corrupción, sino porque el acusado no tuvo una debida defensa.

En una parte de otro avance se escucha una voz, al parecer de Antonio: “Tienen un sistema en el que no existe la presunción de inocencia; entonces el juez piensa que a pesar de que la prueba de pólvora sale negativa, tú pudiste accionar el arma. Esa es su forma de razonar. Están equivocados”.

Sobre ello la funcionaria plantea:

“¡Momento! Nunca nadie en el expediente dijo que él había disparado. Sí, la prueba resultó negativa. Pero, para empezar, los hechos ocurrieron el 11 de diciembre y a él se le detiene hasta el 12. Sabemos que es tiempo suficiente para desaparecer rastros… Además, el menor nunca dice que José Antonio disparó.

Sobre Presunto culpable asegura: “De acuerdo con lo que se advierte en actuaciones, es una realidad que el MP procedió partiendo de la base de los elementos y de una imputación, y en ese documental no se precisa que lo están absolviendo por duda razonable”.

En la resolución emitida por el tribunal, ni el MP ni el abogado defensor solicitaron la comparecencia de El Crucito ni de El Ojitos, señalados por Víctor Daniel Reyes Bravo como participantes en el homicidio de Juan Carlos Reyes Pacheco. Tampoco se citó a Luis, a quien se atribuyó la responsabilidad de accionar el arma homicida.

En otro avance, Presunto culpable señala: “en México 92% de las acusaciones carecen de evidencia y 95% de las sentencias son condenatorias. En México ser inocente no basta para ser libre. El próximo podrías ser tú…”.

El asesinato de Juan Carlos Reyes Pacheco sigue impune.  l

 

 

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