Cárcel hasta por 70 años a quien cometa feminicidio en Veracruz

martes, 23 de agosto de 2011 · 22:54
JALAPA, Ver. (apro).- El pleno del Congreso local aprobó por unanimidad reformas al Código Penal con las que se tipifica el feminicidio hasta con 70 años de cárcel. Con el voto de los 50 integrantes de la Legislatura local se aprobaron reformas al Código Penal, a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia y la Ley Orgánica del Poder Judicial, con la finalidad de tipificar y sancionar el feminicidio, considerado ahora como delito grave. En tanto, grupos de feministas y organizaciones no gubernamentales aplaudieron la medida aprobada por el pleno legislativo, al que esta noche le fue turnado el dictamen de las iniciativas enviadas por separado por el gobernador Javier Duarte y el diputado panista Fernando Yunes Márquez. A través de las reformas a dichos ordenamientos legales, que fue defendida en especial por las mujeres diputadas integrantes de todos los grupos legislativos, se prevé una penalidad de 40 a 70 años de prisión para quienes priven de la vida de una mujer o ejerzan otros tipos de violencia en su contra. En la discusión, la panista Rosa Enelva Vera Cruz refirió que en el periodo de 2005 a 2009 se incrementaron en 40% las agresiones contra las mujeres en el país y, en el caso de Veracruz, tan sólo en 2009 se registraron 101 casos de muerte de niñas y mujeres. Según cifras de la diputada, este problema ha crecido de manera exponencial, ya que en la última década se ha privado de la vida a mil 456 mujeres de todas las edades. Con el nuevo marco jurídico se castigará el feminicidio con 40 a 70 años de prisión y se establece que quien cometa este delito por razones de género, prive de la vida a una mujer y exista o haya existido una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, noviazgo o cualquier otra relación de hecho o amistad, será sujeto a esta penalidad. Además, se establece que el feminicidio también se tipificara cuando a la víctima se le haya infligido lesiones infamantes o degradantes sobre el cadáver o éste sea mutilado; además, cuando existan antecedentes de amenazas, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima y su cuerpo sea expuesto o arrojado en un lugar público. En las reformas se establecen también indemnizaciones del daño material o moral causado a la víctima, incluyendo el pago de los tratamientos que sean necesarios para la recuperación de su salud física y mental, medidas establecidas en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Entre otros aspectos, se imponen de 5 a 8 años de prisión e inhabilitación para el ejercicio de empleos, cargos o comisiones en el servicio público a la autoridad que, teniendo la obligación de evitar o investigar este delito o cualquier otro en contra de las mujeres, mediando el dolo o discriminación de género, no lo hiciere o incurriere en acciones u omisiones que tengan como consecuencia la perpetuación de las condiciones que faciliten la comisión del delito. Con estas reformas, Veracruz se suma a las seis entidades del país que cuentan ya con una ley mediante la cual se tipifica el feminicidio. Los estados que han reformado sus leyes en este sentido son Morelos, Tamaulipas, Distrito Federal, Estado de México, Guerrero y Guanajuato.

Comentarios