Aprueba Senado reforma que tipifica como delito grave el feminicidio

jueves, 19 de abril de 2012 · 21:53
MÉXICO, D.F. (apro).- En una de las últimas sesiones del presente periodo ordinario, la Cámara de Senadores aprobó con 74 votos a favor y una abstención la reforma penal que tipifica el delito de feminicidio y castiga con seis a 10 años de cárcel a quien cometa abuso sexual y de ocho a 30 años de prisión a quienes cometan el delito de violación. Los senadores establecieron que comete el delito de feminicidio aquella persona que prive de la vida a una mujer “por razones de género y cuando la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo”. También cuando se cometan lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores al asesinato, así como actos de necrofilia y el cuerpo sea expuesto y exhibido en lugares públicos, entre otras vejaciones. Asimismo, serán cómplices de feminicidio aquellos servidores públicos que retarden o entorpezcan por malicia o negligencia la procuración de justicia. En estos casos se impondrá una pena de tres a ocho años de prisión, además de inhabilitación hasta por 10 años al servidor público. En el caso de abuso sexual, la minuta castiga con seis a 10 años de cárcel y hasta 200 días de multa a quien cometa “tocamientos o manoseos corporales obscenos, o lo que representen actos explícitamente sexuales u obliguen a la víctima a representarlos”. Si son menores de 15 años o individuos sin capacidad de comprender plenamente el significado del acto, la sanción se eleva de seis a 13 años de prisión. En el caso de la violación, se sancionará de ocho a 30 años de prisión cuando la víctima sea menor de 15 años, y de ocho a 20 años de cárcel al que introduzca por la vía vaginal o anal elemento o instrumento distinto al miembro viril, por medio de la violencia física o moral. El dictamen establece que la reparación del daño deberá ser “integral, eficaz y proporcional a la gravedad del perjuicio causado y a la afectación sufrida”. Se incorporan las atenciones médica y psicológica, rehabilitación y tratamientos curativos, como parte de la reparación del daño. También sancionan con cuatro a seis años de prisión a quien implante en una mujer un óvulo fecundado. Al responsable de la esterilidad provocada se le impondrá de cuatro a siete años de cárcel, así como el pago total de la reparación de daños. En materia de discriminación, las reformas incorporan de uno a tres años de prisión o 150 a 300 días de trabajos forzados a quienes discriminen por razones de género, pertenencia étnica, color de piel, lengua, sexo, preferencia sexual, edad, estado civil, condición social o económica, o embarazo, entre otras causales. “Las mujeres en el Senado y las mujeres en general estamos contentas porque en este Senado se aprueba esta minuta el día de hoy”, afirmó la senadora panista Blanca Judith Díaz Delgado, presidenta de la Comisión de Equidad y Género. A su vez, la senadora priista Norma Esparza Herrera subrayó que la violencia que vive la sociedad “es sólo el reflejo de lo que hemos dejado de atender en ciertos grupos que necesitan una protección”.

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