Ordena IFAI a Hacienda informar sobre endeudamiento de estados de 2007 al 2011

miércoles, 9 de mayo de 2012 · 21:20
MÉXICO, D.F. (apro).- El Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) ordenó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) entregar versiones públicas de todos los expedientes en los que consten las solicitudes de certificación para la contratación de créditos que han presentado los estados de la República y el Distrito Federal, de 2007 a diciembre de 2011. De acuerdo con un resolutivo aprobado este miércoles, el IFAI instruyó además a la SHCP entregar cualquier documento o expediente que haya acompañado a las solicitudes de certificación y tenga relación con la deuda pública de todos los estados del país y el Distrito Federal, en el periodo referido. La instrucción fue aprobada luego de que un solicitante se inconformara por la respuesta de la SCHP a una solicitud de información. En su contestación, la dependencia declaró que la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas no cuenta con archivos digitales con las características solicitadas. En alegatos, la SHCP ratificó su respuesta al argumentar que no genera archivos digitales de los registros de deuda de las entidades federativas, motivo por el cual no le era posible dar trámite a lo pedido por el solicitante. Para el estudio del caso, por parte de la ponencia del comisionado Ángel Trinidad Zaldívar se hizo una búsqueda en fuentes de acceso público a fin de identificar información relacionada con el tema requerido. Como parte de los resultados obtenidos de dicha búsqueda, en la página de Internet de la propia dependencia se localizó el cuadro “Saldos Totales de las Obligaciones Financieras de Entidades Federativas y Municipios”, de 2005 al 2011, que contiene información desagregada de manera trimestral. De lo anterior, se desprende que la SHCP publica en forma periódica información estadística y global de las entidades federativas con relación a sus obligaciones y deuda pública contraída inscrita en el Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades Federativas y Municipios. Además, se identificó el documento “Análisis de la Deuda Pública de las Entidades Federativas y Municipios, 2000-marzo 2011”, expedido por la Auditoría Superior de la Federación, de cuyo estudio se corroboró que la SHCP cuenta con la información solicitada por el particular, respecto de todas las entidades federativas. De acuerdo con la normativa analizada y la información pública localizada en el portal de la propia SHCP, se advirtió que existen elementos suficientes para considerar que la dependencia cuenta con la información solicitada: Los expedientes de deuda pública de las entidades federativas que, por ley, están obligadas a inscribir en el Registro de Obligaciones y Empréstitos. Adicional a lo anterior, se fortalece el argumento de que la dependencia cuenta con lo requerido al considerar que el pleno del instituto resolvió de un asunto similar en el recurso de revisión 5170-11, cuya sustanciación también estuvo a cargo de la ponencia del comisionado Ángel Trinidad Zaldívar, en el cual se solicitó el expediente relativo a la contratación de deuda pública de un solo estado de la República, cuya clasificación invocada por la dependencia fue revocada para instruir a la entrega de dicha información en versión pública. Por tanto, el IFAI concluyó que la declaración de inexistencia que emitió la SHCP se basó en el argumento relativo a no contar con el medio de reproducción requerido por el particular –copias digitales-- y no así en considerar la naturaleza de la información solicitada, es decir, su contenido, con independencia del medio en que ésta se encontrara. El Instituto ordenó a la SCHP entregar versiones públicas de los expedientes relacionados con la contratación de deuda pública a nivel nacional, poniendo la misma a disposición del particular en cualquiera de las modalidades de entrega previstas por la ley. La inscripción de la deuda pública es a petición de entidades federativas y congresos locales, por lo que es factible que la SHCP no cuente con la información para todos los años; en estos supuestos, se dará la posibilidad de declarar la inexistencia.

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