Ordenan a la izquierda suplir por una mujer a candidato varón a jefe delegacional

jueves, 28 de junio de 2012 · 20:53
MÉXICO, D.F. (apro).- La sala regional del Distrito Federal, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a los partidos PRD, PT y Movimiento Ciudadano que, a más tardar en 24 horas, sustituya a uno de los candidatos a jefe delegacional por una mujer para que quede cubierta la cuota de género. Durante una sesión pública efectuada hoy, los magistrados de esta sala, Roberto Martínez Espinosa, Eduardo Arana Miraval y Ángel Zarazúa Martínez, señalaron que de acuerdo con el artículo 296 del Código Electoral del Distrito Federal, la lista de candidaturas comunes a la jefaturas delegacionales presentada por los tres partidos no alcanza el mínimo de 40% obligatorio para los representantes de un mismo género, por lo que les ordenó sustituir un candidato hombre por una mujer. Al argumentar su decisión, los magistrados señalaron que uno de los motores de la sala ha sido la defensa de los derechos político-electorales de los mexicanos; y este caso se centra en el derecho a una representación “mínimamente equitativa” entre los candidatos de ambos géneros. El recurso de impugnación fue interpuesto por el PAN el pasado 14 de junio, por lo que los magistrados de la sala regional se justificaron de esa manera por haber resuelto el recurso “con toda premura”. El magistrado presidente de la sala regional, Roberto Martínez Espinosa, añadió que la sentencia tiene el objetivo de hacer cumplir la norma como existe, “sin hacer excepciones”. Por ello ordenó al PRD, PT y Movimiento Ciudadano para que en un plazo de 24 horas, contadas a partir de la notificación de la sentencia, sustituya a uno de los candidatos hombres a jefe delegacional por una mujer. De no hacerlo así, advirtieron los magistrados, los partidos que integran la coalición Movimiento Progresista en el Distrito Federal “serán acreedores a alguno de los medios de apremio previstos en el artículo 32, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral”. La sanción, según este artículo, podría ir desde un apercibimiento o una multa hasta por cien veces el salario mínimo diario general vigente en el Distrito Federal, o arresto hasta por 36 horas.

Comentarios