Ordena IFAI a la PGR rendir cuentas sobre caso Radilla
MÉXICO, D.F. (apro).- El Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) ordenó a la Procuraduría General de la República (PGR) hacer pública la información relacionada con las acciones emprendidas hasta ahora para cumplir con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) sobre el caso de Rosendo Radilla Pacheco, uno de los cientos de desaparecidos en el estado de Guerrero en el marco de la guerra sucia de los años 70.
Radilla Pacheco fue detenido el 25 de agosto de 1974 en un retén militar en Atoyac de Álvarez, región Costa Grande de Guerrero. La última vez que se le vio con vida fue en las instalaciones militares de esa localidad (ahora desmenteladas). Desde esa fecha se desconoce su paradero.
Este miércoles, el IFAI aprobó el dictamen elaborado por el comisionado Ángel Trinidad Zaldívar sobre el recurso de revisión que presentó un particular, debido a que la PGR emitió una respuesta que no correspondía a la solicitud de información presentada ante dicha instancia.
La PGR admitió que cometió un “error administrativo” al remitir al solicitante a la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Atención a Víctimas y Servicios a la Comunidad, y a la Coordinación de Asuntos Internaciones y Agregadurías, mismas que lo canalizaron a la Secretaría de Gobernación, como instancia encargada de recopilar la totalidad de la información que el Estado mexicano ha generado en cumplimiento a la sentencia sobre el caso Radilla Pacheco.
En los alegatos, la PGR admitió el “error administrativo”, pero aclaró que al percatarse de ello envió la correcta al particular, mediante el oficio SJAI/DGAJ/5112/2012, mismo que después le hizo llegar al Instituto para su revisión.
En dicha respuesta, la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delitos Federales, por conducto de la Coordinación General de Investigación, informó que continúa en proceso la integración de la averiguación previa con motivo de la desaparición del señor Rosendo Radilla; que se están llevando las diligencias necesarias para su búsqueda y localización, y que de forma periódica se rinden informes a la CoIDH sobre el cumplimiento de la sentencia.
En alcance, la PGR dijo haber turnado la solicitud a la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Atención a Víctimas y Servicios a la Comunidad y a la Coordinación de Asuntos Internaciones y Agregadurías, con la finalidad de que sus áreas se pronunciaran sobre lo solicitado y aseguró que haría del conocimiento al Instituto de las respuestas emitidas.
No obstante, las unidades administrativas consultadas, señalaron que debía orientarse al recurrente a consultar la información en la Secretaría de Gobernación.
Para el estudio del mismo, se hizo una búsqueda de información en los portales de la Secretaría y de la PGR. En ambos, se localizó que en sus últimos dos informes de labores se da cuenta de las acciones tomadas en el caso, incluso las actuaciones de la propia Procuraduría.
De la revisión de la normativa realizada por el comisionado se pudo observar que la Coordinación General de Investigación es la unidad que lleva a cabo las labores relacionadas con la averiguación previa del asunto Rosendo Radilla, en cumplimiento de la sentencia, sin que ello signifique que es la única unidad que cuenta con la totalidad de la información solicitada.
En el proyecto de resolución, el comisionado Trinidad Zaldívar señaló que no se podía confirmar la respuesta de la PGR, porque no se atendió a cabalidad el procedimiento de búsqueda, pues no fue sino hasta la presentación del recurso de revisión cuando se turnó la solicitud de acceso a todas las unidades administrativas que pudieran contar con la información, sin que hasta la fecha de la resolución de este medio de impugnación se hubieran reportado los resultados de la misma.
Adicionalmente, de la información pública consultada, se desprendió evidencia de que PGR cuenta con mayor información y más detallada respecto de las acciones implementadas en cumplimiento a dicha sentencia de la CoIDH.