Corte evita jurisprudencia en fuero militar

lunes, 3 de septiembre de 2012 · 14:01
México, DF, (proceso.com.mx).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió cinco amparos para que la justicia civil investigue la tortura, asesinato y desaparición de los cadáveres de tres civiles a manos de elementos del Ejército, pero evitó establecer jurisprudencia para limitar en definitiva el fuero militar. En su sesión del lunes, el máximo tribunal resolvió por siete votos a uno que la justicia militar se declare incompetente en la investigación de esas graves violaciones a los derechos humanos de las que se responsabiliza a un grupo de elementos de Infantería del Ejército, ocurridas en junio de 2008 en Ojinaga, Chihuahua. Sin embargo, los ministros resolvieron los amparos sin pronunciarse sobre la inconstitucionalidad del inciso b, fracción II del artículo 57 del Código de Justicia Militar. A partir de esa disposición, la justicia militar se ha hecho cargo de ese tipo de casos y de otras violaciones a los derechos humanos al considerarlos como faltas a la disciplina militar. En las acusaciones de las violaciones cometidas contra los tres civiles en Chihuahua sólo están implicados elementos de tropa y algunos oficiales, pero no hay jefes señalados. Hace dos semanas, al resolver el caso del indígena Bonfilio Rubio Villegas, muerto a manos del Ejército, la Corte declaró que esa disposición del Código de Justicia Militar (CJM) es contraria al artículo 13 de la Constitución, que prohíbe la aplicación de la justicia militar a civiles. Pero al resolver este lunes los amparos del caso Chihuahua, la Corte sólo hizo una interpretación de la legalidad y no la constitucionalidad de ese ordenamiento de la justicia castrense. Una minoría de ministros, encabezada por José Ramón Cossío, ha insistido en que la Suprema Corte debe resolver este tipo de amparos a la luz de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que en noviembre de 2009 falló en contra del Estado mexicano por la desaparición del indígena guerrerense Rosendo Radilla, también por parte del Ejército, en 1974. En la sentencia, la Corte Interamericana le pidió al máximo tribunal mexicano que interpretara la constitucionalidad del artículo 57 del CJM por ser violatorio de la Constitución mexicana y de la Convención Americana de Derechos Humanos. Además del amparo a los familiares de Bonfilio Rubio Villegas, la Suprema Corte debe conceder otros cuatro en el mismo sentido para declarar inconstitucional esa disposición castrense y evitar así, en definitiva, que la justicia militar atraiga casos en los que hay civiles involucrados. En la sesión del lunes, el voto en contra fue del ministro Sergio Salvador Aguirre. Los ausentes en la votación fueron los ministros Juan Silva Meza, presidente de la Corte, Margarita Luna Ramos y Sergio Valls Hernández.    

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