Da juez luz verde a la SCT para el rescate de la banda 2.5 Ghz

lunes, 3 de septiembre de 2012 · 13:34
MÉXICO, D.F. (apro).- La juez quinta de distrito en materia administrativa, Rafaela Franco Flores, negó a Grupo MVS Comunicaciones la suspensión definitiva del amparo con el que buscaba poner frenar el rescate de la banda de 2.4 gigahertz (Ghz) iniciado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT). De acuerdo con el fallo de la juez –que MVS aún puede impugnar ante un tribunal colegiado de circuito–, el interés público en el reordenamiento y modernización de los usos de la banda de 2.5 GHz son más importantes que el interés particular de la empresa de Joaquín Vargas por conservar sus concesiones. Desde el pasado 28 de agosto, cuando negó la suspensión provisional, Franco Flores señaló: "Del oficio de 6 de agosto de 2011 (de SCT) se advierte que el inicio del procedimiento para el rescate de la banda 2.5 GHz tiene como finalidad la introducción de nuevas tecnologías móviles de tercera y cuarta generación (voz, datos, video e internet de banda ancha) tomando como base las necesidades del país, así como para fomentar la competencia y libre concurrencia en el sector de las telecomunicaciones". Añadió: "De concederse la medida cautelar para el efecto de que se suspenda el procedimiento de rescate, o para impedir que se dicte resolución en éste, se afectaría el interés social y se contravendrían disposiciones de orden público". Con el fallo dado a conocer este lunes, la SCT podrá seguir adelante con el procedimiento y, en su caso, declarar el rescate de la banda, al tiempo que la juez seguirá examinando la legalidad de la actuación de la autoridad y, en su momento, resolverá si concede o niega el amparo interpuesto paralelamente para la anulación de la medida como tal. La juez admitió que al no concederse la suspensión definitiva, MVS está en riesgo de sufrir un perjuicio que podría no ser reparable si, al dictar sentencia en expediente principal del juicio de amparo, se resuelve que la SCT actuó ilegalmente. Sin embargo, Franco concluyó que en el conflicto entre el interés de la empresa y el de la sociedad, debe prevalecer el de esta última. "Es indudable que en la especie, el interés de la sociedad prevalece sobre los intereses particulares de la quejosa, pues el derecho o principio que debe prevalecer es aquel que cause menos daño y, por ende, el que resulta indispensable y debe privilegiarse", puntualizó. En su demanda de amparo, MVS impugnó “la resolución en la que se somete a consideración el rescate de la banda 2.5 Ghz y que resolvió no existir inconveniente para iniciar el rescate, y la declaratoria de rescate de 42 títulos de concesión para usar, aprovechar y explotar bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico para usos determinados en la Banda 2.5 Ghz”. También cuestionó las modificaciones y adiciones realizadas al Programa Sectorial de Comunicaciones y Transportes 2007-2012. Ultravisión, empresa de televisión de paga que opera en el norte del país y que también es concesionaria de la banda de 2.5 Ghz, promovió su propia demanda de amparo contra el rescate iniciado por la SCT, pero el juzgado segundo de distrito la desechó por considerarla notoriamente improcedente. Desde hace cuatro años MVS ha litigado contra las negativas de la SCT para prorrogarle sus concesiones, pero en la mayoría de los casos los jueces de distrito respectivos han establecido que el Estado tiene derecho a volver a licitar el espectro, dado que cambiará el uso que se le ha dado hasta ahora.

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