Ordena IFAI a la Cofetel informar sobre sanciones impuestas a Grupo Nextel

miércoles, 2 de enero de 2013 · 13:53
MÉXICO, D.F., (apro).- El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) ordenó a la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) entregar el acuerdo por el que propuso iniciar cuatro sanciones a las empresas integrantes del Grupo Nextel, por presuntos incumplimientos al Plan Técnico Fundamental de Calidad del Servicio Local Móvil. Entre las sanciones propuestas por la Cofetel a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), destaca la presentación extemporánea de los mapas de cobertura garantizada. Pese a que el IFAI reconoció que la difusión de la información podría causar un perjuicio a las actividades de verificación y cumplimiento de las leyes e impedir las acciones de inspección, supervisión y vigilancia, resolvió que debido a que los documentos pudieran contener información confidencial, por ser de carácter comercial, la Cofetel tendrá que presentar las versiones públicas correspondientes. En respuesta a la solicitud que hizo un particular para obtener la información mencionada, la Cofetel respondió que existen las resoluciones P/080812/401, P/080812/402, P/080812/403 y P/080812/404, pero aclaró que éstas tienen carácter reservado. No obstante, la comisionada presidenta Jacqueline Peschard señaló que la Cofetel omitió mencionar las razones y circunstancias específicas que motivaron la clasificación invocada, y tras dar oportunidad a la Comisión de presentar sus motivos, consideró improcedente mantener el carácter reservado de la información solicitada. Se entiende que la Cofetel ya realizó los actos de verificación y supervisión requeridos para solicitar una sanción, por lo que no se advierte de qué manera los verificados pudieran alterar o modificar los escenarios o circunstancias que ya fueron evaluados, expuso la comisionada. Además, consideró insostenible el argumento vertido por la Cofetel, consistente en que la publicidad de la información requerida pudiera generar medios de impugnación que entorpezcan sus actividades de verificación. “No puede invocarse una causal de reserva con la finalidad de que los particulares se vean impedidos para ejercer sus derechos, como impugnar una resolución emitida por una autoridad administrativa que les cause algún agravio”, señaló. En marzo pasado, el pleno de la Cofetel decidió enviar a la SCT para su aprobación cuatro propuestas de sanción contra Nextel y una más contra Telmex. Según la dependencia, las sanciones para Nextel se solicitaron debido al incumplimiento del Plan Técnico Fundamental de Calidad del Servicio Móvil, entre ellas la presentación extemporánea de los mapas de cobertura garantizada que no se habían entregado. Además, señaló, se comprobó que dichos mapas, publicados en la página de internet de la empresa, no coincidían con los que fueron entregados a la autoridad. En el caso de Telmex, Cofetel propuso la sanción debido al incumplimiento de varias condiciones establecidas en su título de concesión en el uso de la banda de 3.4 gigahercios (GHz), además de no entregar la información solicitada por los supervisores. En aquel entonces, la comisión aseguró que su función era vigilar de forma permanente que los concesionarios cumplan con las condiciones establecidas en sus títulos de concesión y con la normatividad vigente, por lo que continuaría con las acciones de supervisión y verificación.

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