Debe la PGR transparentar apoyos a testigos protegidos en 2008 y 2010

miércoles, 16 de octubre de 2013 · 19:58
MÉXICO, D.F. (apro).- La Procuraduría General de la República (PGR) deberá buscar y entregar a una particular el soporte documental sobre los apoyos económicos y los beneficios otorgados a testigos protegidos en 2008 y 2010, desglosados por caso. La información deberá contener también el número de personas integradas al programa de testigos protegidos en esos años, desglosado por mes, y especificar cuántas de ellas fueron incorporadas a la nómina de la PGR, especificando cargo, salario y periodo. Dicha información fue solicitada por una particular a través de dos peticiones de transparencia, a las que la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO) de la PGR contestó que sólo cuenta con información estadística anual. De forma escueta, la dependencia refirió que 15 personas se incorporaron como testigos protegidos en 2010 y 12 en 2007; que los beneficios legales concedidos en cada caso están estipulados en el artículo 35 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada y que no lleva un control o estadística de indicadores de ese tipo. También precisó que los testigos protegidos no son incorporados a la Institución como servidores públicos y que el apoyo económico brindado no puede considerarse como un salario. La particular interpuso entonces dos recursos de revisión, uno para cada una de sus solicitudes, mediante las que se inconformó porque le proporcionaron información de 2007 y no de 2008 como lo solicitó, y porque no se le informó sobre el pago y los beneficios legales otorgados a cada testigo protegido. Ambos casos fueron turnados a la ponencia de la comisionada Jacqueline Peschard. En la etapa de alegatos, la PGR modificó su respuesta y precisó que en 2008 se incorporaron 23 personas como testigos protegidos; sin embargo, reiteró la inexistencia de los salarios y los beneficios legales otorgados a quienes se integraron en ese año y en 2010. Al analizar el caso, si bien Peschard advirtió inconsistencias en el dato proporcionado por la PGR en la etapa de alegatos sobre el número de personas adscritas al programa de testigos protegidos ya que en una solicitud presentada con anterioridad reportó que eran 57 y no 23 los acogidos al programa. Incluso, propuso modificar la respuesta de la PGR e instruirle a indicar a la recurrente la cifra correcta. En cuanto al pago que recibieron los testigos protegidos en 2008 y 2010, Peschard consideró que la PGR no interpretó adecuadamente la solicitud de la particular, pues si bien esas personas no reciben un salario, sí se les otorgan apoyos como asistencia económica, médica, educacional, laboral y de habitación. Sobre los beneficios legales otorgados, la comisionada recordó que, en cumplimiento a la resolución del recurso de revisión RDA 2654/13, la PGR proporcionó una tabla –desglosada por cada caso, del 24 de abril de 2012 al 24 de abril de 2013– con el número de personas ligadas a la delincuencia organizada que recibieron algún beneficio previsto en el artículo 35 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada. En suma, la comisionada determinó que la PGR sí cuenta en sus archivos con la información sobre los beneficios otorgados a testigos protegidos, desglosada por caso, y consideró que la dependencia no cumplió con el procedimiento de búsqueda establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, porque no turnó la solicitud a todas las unidades administrativas competentes. Para informar sobre el pago que recibieron los testigos protegidos, señaló la comisionada, la PGR cuenta con el Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia, la Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo, la Dirección General de Apoyo Jurídico y Control Ministerial en Delincuencia Organizada y la Coordinación de Supervisión y Control Regional, unidades que por sus atribuciones pueden conocer de lo solicitado. Además, afirmó que para la información sobre los beneficios legales otorgados, la PGR, también cuenta con la SEIDO y la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales. Por ello, Peschard propuso al pleno del IFAI, revocar la respuesta de la PGR e instruirle a hacer una nueva búsqueda en todas sus unidades administrativas competentes, a fin de entregar a la recurrente la información que solicitó.

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