MÉXICO, D.F. (apro).- A tres años de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) dictara dos sentencias contra México por abusos cometidos contra las indígenas guerrerenses Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, los lineamientos de las mismas no han sido acatados por el Estado mexicano, denunció el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan (CDHM-T).
Las sentencias en ambos casos determinaron la responsabilidad internacional del Estado mexicano en los abusos sexuales de que fueron víctimas Fernández Ortega y Rosendo Cantú, hechos atribuidos a miembros del Ejército mexicano en 2002 en la región de la montaña de Guerrero, situación que la CoIDH denominó “violencia institucional castrense”.
En vísperas de que México sea anfitrión del pleno de la CoIDH para la realización de una sesión, la organización de defensa de derechos humanos de los pueblos indígenas de Guerrero destacó que, sin menoscabar la importancia del evento, “sería deseable que el compromiso de México con el Sistema Interamericano no se expresara sólo a través de la organización de grandes eventos, sino más bien por medio del cumplimiento cabal e incondicional de sus órganos”.
En un comunicado el CDHM-T –organización que junto con el Centro de Justicia y Derecho Internacional (CEJIL) y la Organización del Pueblo Indígena Me’phaa litigó el caso— destacó que “Inés Fernández y Valentina Rosendo continúan con la expectativa de acceder la justicia que les ha sido negada durante años, pero también con el compromiso de impulsar aquellas medidas que permitan asegurar que hechos como los que ellas vivieron nunca más se vuelvan a repetir en el país”.
Sobre las investigaciones de los casos, se reclama que no hayan sido consignados los expedientes para presentar a los responsables ante un juzgado civil, pese a que las indagatorias están radicadas en la Fiscalía Especializada de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (Fevimtra) de la Procuraduría General de la República (PGR).
Entre la medidas que no han sido cumplidas, la organización detalla que pese a que públicamente la Secretaría de Gobernación, ente responsable de adoptar las medidas dictadas en la sentencia, habló de la existencia de un fideicomiso para atender las sentencias de forma transexenal, “dicho mecanismo no ha sido presentado a ambas mujeres ni se ha informado oficialmente sobre la publicación en el Diario Oficial de la Federación sobre su creación”.
En cuanto a la atención médica a las víctimas y sus familias, “dista de ser un rubro cumplido pues no ha respondido a los acuerdos establecidos y más bien se está a la espera de las adecuaciones necesarias”.
Sobre las medidas de reparación comunitarias ordenadas por el tribunal regional en el caso de Inés Fernández, entre ellas la creación y operación del Albergue para estudiantes y el Centro Comunitario para las Mujeres Me´phaa en Ayutla de los Libres, se advierte que “se corre el peligro de desvirtuarse si no se priorizan mecanismos de rendición de cuentas por parte del estado de Guerrero y no se aseguran mecanismos comunitarios de operación participativa”.
El CDH-T recuerda que sigue pendiente la reforma al Código de Justicia Militar ordenada en ambas sentencias, aunque el Senado haya realizado diversas audiencias públicas. “Las discusiones del Senado en torno a este tema cobran mayor relevancia ante la inminente evaluación por parte del Consejo de Derechos Humanos a México el próximo 23 de octubre de 2013, examen en cuyo marco se ha enfatizado la necesidad de acotar el fuero militar”.
En el terreno del poder judicial, el CDH-T recuerda que en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) está registrado el expediente Varios 1396/2012, “relativo a la determinación de las obligaciones que le imponen al Poder Judicial de la Federación las sentencias dictadas por la CoIDH en los casos de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, bajo la ponencia del ministro Alberto Pérez Dayán”.
La definición del expediente, resalta, permitirá a la SCJN “definir cómo debe impartirse justicia con perspectiva de género y etnicidad”, expediente que “ha sido retirado de la lista oficial cuando se encontraba próximo a ser discutido”.
Ante el incumplimiento de estas sentencias, el CDHMT insiste en que la mejor forma de demostrar la colaboración con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos “no se expresara sólo a través de la organización de grandes eventos, sino más bien por medio del cumplimiento cabal e incondicional de sus órganos”.