El IFAI pide a la Semar información sobre contratos de aeronaves

martes, 26 de marzo de 2013 · 13:54
MÉXICO, D.F., (apro).- El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai) pidió a la Secretaría de Marina (Semar) entregar a un particular las versiones públicas de los contratos, facturas y pedimentos de importación de 107 aeronaves y tres helicópteros Black Hawk que adquirió desde el 2007, durante la administración de Felipe Calderón. En una primera respuesta, la Semar respondió al solicitante que la información requerida estaba bajo reserva por 12 años. Amparada en el artículo 13, fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG), la dependencia adujo que su difusión “podría vulnerar las operaciones” que se realizan con esas aeronaves. Únicamente aclaró que los helicópteros Black Hawk fueron donados por el gobierno de Estados Unidos, por lo que no cuenta con los contratos, facturas o documentos que originaron su compra. Inconforme con la respuesta, el particular presentó un recurso de revisión y el asunto fue turnado a la ponencia del comisionado presidente, Gerardo Laveaga. En sus alegatos, la Semar reiteró su respuesta y sostuvo que si bien los contratos deben ser públicos, aquellos relacionados con la compra de bienes militares son reservados porque contienen características específicas de las aeronaves, como el tipo de armamento, la capacidad de autonomía de vuelo y el tipo de instrumentos de combate, entre otras. En un alcance a su respuesta la Semar informó que sólo cuenta con los documentos de las aeronaves adquiridas en los últimos cinco años y remitió una relación de ocho aeronaves. La lista especifica el número de contrato, fecha de adquisición, tipo de aeronave y número. Sobre los Black Hawk, también reiteró la inexistencia de la factura, contrato de compraventa o cualquier otro documento similar. Sin embargo, en el alcance reconoció contar con la carta de oferta y aceptación que emitió el gobierno de Estados Unidos, para la donación pero sostuvo que el documento es reservado con fundamento en el artículo 13, fracción II de la LFTAIPG, porque “contiene una cláusula de confidencialidad”. La Semar sólo mostró el acta de entrega-recepción con la cual el SAT validó la internación de los tres helicópteros. Al respecto, el Ifai instruyó a la Semar entregar el acta de entrega recepción de mercancías, emitida por el SAT, por la que se validó la internación de los helicópteros Black Hawk al país, en versión pública “eliminando, en su caso, las características técnicas de los helicópteros así como los datos personales que conste en ella”. El órgano de transparencia federal insistió en que las especificaciones técnicas de las aeronaves y helicópteros plasmadas en los contratos y las facturas, así como el número de pedimento y la aduana de entrada, el nombre del apoderado aduanal y de los servidores públicos que suscribieron los contratos, el CURP y RFC de dicho apoderado y el número de cuenta bancaria de los proveedores, “es información clasificada”. Tras realizar un análisis al marco jurídico aplicable la ponencia de Laviaga pidió a la Semar realizar versiones públicas de los contratos, facturas y pedimentos de importación de aeronaves y helicópteros adquiridos a partir del 2007. La ponencia de Laviaga consideró que la difusión del número de pedimento y aduana de entrada no atenta contra la seguridad pública o la defensa nacional por lo que revocó su clasificación. En el mismo caso colocó los nombres de los servidores públicos que suscribieron los contratos y del apoderado aduanal. Por disposición normativa, argumentó, realizan funciones administrativas que debe considerarse como información pública. No obstante, propuso confirmar la reserva de la carta de oferta aceptación que emitió el gobierno de Estados Unidos “porque contiene una cláusula de confidencialidad”. También ratificó la restricción de la información relacionada con las especificaciones técnicas de las aeronaves y helicópteros adquiridos porque es “información técnica y altamente sensible, cuya difusión pondría en riesgo las labores sustantivas de la dependencia en la prevención del delito y combate a la delincuencia”. Reservó asimismo el RFC y CURP del apoderado aduanal por considerar que son datos personales que hacen a una persona física identificable. Y en cuanto al número de cuenta bancaria de los proveedores, refirió que es un dato relacionado con el patrimonio de una persona moral y por tanto “es información de carácter confidencial”. Además, sostuvo que de conformidad con el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos a que se sujetará la guarda, custodia y plazo de conservación del Archivo Contable Gubernamental, la Semar ya no está obligada a contar con los contratos, facturas y pedimentos de importación de aeronaves y helicópteros adquiridos antes de 2007, por lo que sólo deberá entregar la información de las aeronaves adquiridas en los últimos cinco años. De las aeronaves adquiridas con anterioridad, la ponencia de Laviaga pidió a la Semar declarar formalmente la inexistencia de la información y remitir al recurrente la resolución junto con el acta de baja documental correspondiente. En un comunicado, el Ifai refirió que la propuesta de Laviaga fue aprobada.

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