Amparos de gays en 17 estados; fallo de la Corte alienta a llevar caso a la CIDH, dicen
OAXACA, Oax. (apro).- El Frente por el Respeto y Reconocimiento de la Diversidad Sexual aplaudió la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que amparó a 39 homosexuales oaxaqueños contra el artículo 143 del Código Civil del Estado, que define al matrimonio como la unión entre hombre y mujer.
El fallo del máximo tribunal abre un frente nacional no sólo en el avance de la diversidad sexual, sino también en el respeto de los derechos humanos, afirmó este jueves Alex Alí Méndez Díaz, abogado de la organización.
Dijo que además de los amparos que se presentaron en 17 estados se ha tejido una red nacional de colectivos de la comunidad Lésbico, Gay, Bisexuales y Transgénero (LGBT), y se ha definido una estrategia que –adelantó– llevarán ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que el Estado Mexicano respete las convenciones internacionales en materia de derechos humanos.
Con una respuesta bastante “firme y progresista” de la Suprema Corte “no tengo que ir a pelearme con cada gobernador para que reconozca mis derechos, cuando hay una obligación del gobierno federal que tiene que hacer que lo cumplan los congresos locales para derogar preceptos anticonstitucionales y discriminatorios”, subrayó el abogado.
Precisó que en el caso de Oaxaca persisten posturas antidemocráticas y violatorias de derechos humanos en el Congreso local, debido a que se resisten a hacer las reformas necesarias a la ley y al artículo 143 del Código Civil del estado, por lo que recurrirán a la Corte con más amparos.
Con el voto en contra del ministro Jorge Pardo, sus colegas Arturo Zaldívar, Olga Sánchez Cordero, José Ramón Cossío y Alfredo Gutiérrez consideraron ayer que dicho precepto es discriminatorio y anticonstitucional.
De acuerdo con el abogado del Frente por el Respeto y Reconocimiento de la Diversidad Sexual, la trascendencia de esa resolución en la SCJN les permite dar un paso más en esta lucha, porque cuando “ya es declarado inconstitucional un artículo, si el Congreso no hace la reforma se promoverán otros amparos”, y eventualmente se puede dejar sin efecto ese artículo.
“Tal vez puede tardar varios meses, pero ya podemos ir acumulando esos precedentes, y en caso de que el Congreso no haga la reforma por falta de voluntad política de los partidos, entonces será la Corte la que les enmiende la plana”, apuntó.
En este momento, dijo, la LXII Legislatura local tiene en la congeladora una ley de la diversidad sexual que no fue aprobada en la legislatura pasada debido a la oposición del PRI y el PAN. Y aunque la Corte emitió sus primeras sentencias desde diciembre de 2012, añadió, es la fecha en que no se ha modificado el artículo 143 del Código Civil.
El amparo resuelto ayer por la SCJN fue promovido el 17 de mayo de 2012, pero un juez de Distrito lo sobreseyó tras considerar que los quejosos no tenían interés legítimo para impugnar la norma reclamada.
Las 39 homosexuales interpusieron entonces un recurso de revisión que fue remitido a la SCJN, y la Primera Sala concluyó que la determinación de sobreseimiento fue incorrecta.
El máximo tribunal de justicia del país determinó que los quejosos sí tienen interés legítimo en el caso y les otorgó el amparo.