Declaran ilegal revocación de permiso al "Zar de los Casinos"

viernes, 25 de julio de 2014 · 14:45
MÉXICO, D.F. (apro).- El Juzgado Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal declaró ilegal la revocación del permiso para operar casinos de la empresa Entretenimiento de México (Emex), propiedad de los hermanos Arturo y Juan José Rojas Cardona, El Zar de los Casinos. El juez Ricardo Gallardo Vara concedió a Emex un amparo contra la resolución dictada el 1 de abril por la Secretaría de Gobernación, mediante la cual se revocó el permiso otorgado en 2005 para operar hasta 50 casinos durante 25 años. De acuerdo con la medida, la dependencia se basó en un mero tecnicismo para cancelar el permiso, pues su decisión derivó de la operación irregular de un solo casino, en este caso el Sportzone ubicado en el municipio de San Juan del Río, Querétaro. La Dirección General de Juegos y Sorteos (DGJS) consideró que Emex no tenía permiso municipal para operar ese establecimiento, debido a que la autorización exhibida fue firmada únicamente por el secretario de Finanzas, un funcionario que no forma parte del ayuntamiento y, por tanto, carece de facultades para su emisión, por lo que infringió el artículo 22, fracción IX, del Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos y la condición Décima Segunda, inciso b), del permiso DGAJS/SCEVF/P-06/2005. En un comunicado, el Consejo de la Judicatura Federal precisó que el juez consideró que la irregularidad anotada es grave, en términos del artículo 151 del Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos y la condición quinta del permiso DGAJS/SCEVF/P-06/2005, por lo que determinó la revocación del permiso y la imposición de una multa por 10 mil pesos. No obstante, el juez Gallardo Vara resolvió que el secretario de Finanzas sí podía otorgar la autorización de funcionamiento del casino, tomando en cuenta que conforme a los artículos 4 y 10 del Reglamento de Espectáculos y Diversiones Públicas en el municipio de San Juan del Río, Querétaro, para la operación de centros o instalaciones de diversión se requiere licencia o permiso municipal que deben ser autorizados por el Ayuntamiento, o expedidos por la dependencia encargada de las Finanzas Públicas Municipales. El órgano jurisdiccional determinó, por consiguiente, que si la anuencia municipal del 4 de octubre de 2011, dirigida a la empresa Entretenimiento de México, SA de CV, está suscrita por el secretario de Finanzas municipal, “resulta indudable que cuenta con facultades expresamente establecidas en el artículo 4 del Reglamento de Espectáculos y Diversiones Públicas, en el municipio de San Juan del Río, Querétaro, para emitir la anuencia para la operación de un establecimiento de juegos con apuestas y sorteos”. El Juzgado Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal otorgó el amparo para que la autoridad responsable deje insubsistente la resolución del 1 de abril de 2014 y en su lugar dicte otra en la que, sobre la base de que el secretario de Finanzas cuenta con facultades para emitir la anuencia municipal, con libertad de jurisdicción, resuelva lo que en derecho proceda.

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