Valida la Corte homologación del IVA a 16% en fronteras

jueves, 21 de agosto de 2014 · 19:21
MÉXICO, D.F. (apro).- Con nueve votos a favor, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó finalmente la homologación del IVA a 16% en las fronteras, aprobada en la reforma fiscal de 2013. Luego de un intenso debate, el recurso promovido por 172 legisladores fue desechado con nueve votos a favor y uno en contra del ministro Alberto Pérez Dayán, quien consideró que el cambio de criterio de la SCJN sobre el tema ameritaba un análisis profundo de parte de los ministros, porque desde su punto de vista aún persisten las razones que llevaron en 1995 al gobierno federal a proponer la aplicación del IVA diferenciado en la zona fronteriza. En aquel entonces, la Corte determinó que la diferenciación no violaba la equidad tributaria, pero en 1991 había establecido que la homologación tampoco violaba el concepto de equidad tributaria. Los ministros reiteraron este jueves posturas expuestas en sesiones anteriores y consideraron que, como la homologación del impuesto no viola el principio de equidad tributaria, entonces no era necesario analizar la “razonabilidad” del incremento que propuso el año pasado el Ejecutivo federal y que fue ratificado por el Congreso al aprobar la reforma fiscal. El pleno resolvió que el análisis sobre la constitucionalidad del impuesto referido tenía que ser a través de un “escrutinio laxo” sobre las razones que tuvo el Poder Legislativo para modificar el monto del tributo, pero sin que ello signifique una exigencia de motivación o fundamentación de la decisión. De igual manera, rechazó que se viole la garantía de equidad tributaria, pues la homologación del IVA –aclararon los ministros– la respeta, ya que ahora todos los consumidores pagan la tasa de 16%. En la sesión de hoy fueron rechazados otros argumentos de los diputados y senadores que promovieron las acciones de inconstitucionalidad y que alegaron afectaciones a la competitividad y el Plan Nacional de Desarrollo (PND), así como violación al principio de no aplicación retroactiva de la ley. "No se puede alegar una violación al principio de irretroactividad, pues no se tiene el derecho adquirido a pagar siempre sobre una misma base o tasa, ya que contribuir al gasto público es una obligación constitucional y no un bien que ingrese al patrimonio", puntualiza el fallo de la SCJN. La próxima semana los ministros discutirán las impugnaciones por la desaparición del Régimen de Pequeños Contribuyentes y el aumento en el pago del Impuesto sobre la Renta (ISR) para personas físicas, que también fueron aprobados en la reforma fiscal de 2013. En ambos casos, el proyecto del ministro Sergio Valls, ausente en las sesiones por enfermedad, propone avalar las reformas.

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