MÉXICO, D.F. (apro).- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral ordenó hoy la suspensión del spot en el que aparece el logotipo de Telmex, en atención a la queja interpuesta por la empresa de Carlos Slim.
En conferencia de prensa, la consejera presidenta de dicha comisión, Beatriz Galindo, justificó el fallo y aseguró que el organismo a su cargo se conduce apegado a la ley y de forma imparcial.
En un escrito enviado al órgano electoral el pasado lunes 19, la telefónica de Carlos Slim solicitó que se investigue a los promotores de dicho anuncio “por derivarse de expresiones que calumnian a mi representada mediante la asociación de imágenes que representan acontecimientos negativos del país con mi registro marcario”.
Además, adujo que “por la forma en que éstos son presentados en el spot hacen creer a la ciudadanía de manera dolosa que mi representada es responsable de acontecimientos que han afectado la percepción de estabilidad, seguridad y crecimiento económico”.
Galindo adujo que el retiro del spot tiene como propósito proteger preventivamente el valor fundamental de la honra, reputación y la dignidad que toda persona física o moral.
Destacó que en el caso de Telmex resolvió de la misma forma en que se acordó sobre el promocional en el que aparecía el conductor de Televisa, Joaquín López Dóriga, porque también alegaba calumnia y ello es susceptible de configurarse en este tipo de sujetos de derecho, pues la Corte a través de distintas tesis ha señalado que ante el “daño moral, las personas morales están legitimadas para demandar su reparación en caso de que se afecte la consideración que tienen los demás respecto de ellas”.
Favela Herrera resaltó, a pregunta expresa, las diferencias con un spot donde se usó una declaración de la periodista Carmen Aristegui y que cuando hizo sus alegatos sólo defendió su imagen y que no había dado permiso para usar su voz, “pero no hizo valer ninguna cuestión de calumnia ni de afectación a su reputación”. Esa, dijo, es la diferencia con los casos de López Dóriga y Telmex.
“Lo que se dijo fue que el INE no tenía facultades para ver cuestiones que tenían que ver con la imagen y con esas circunstancia y que finalmente se estaba utilizando una expresión que ella había hecho y que el partido político la podía utilizar”, añadió.