Corte de EU desecha demanda de Alejandra Sota contra la periodista Dolia Estévez

martes, 1 de diciembre de 2015 · 18:05
WASHINGTON, (apro).- La Corte Federal del Distrito Este del estado de Virginia desechó los tres cargos de la acusación por difamación y daños económicos que interpuso Alejandra Sota Mirafuentes en contra de Dolia Estévez. La demanda de la exvocera del expresidente Felipe Calderón contra la periodista asentada en esta capital derivó de la publicación de un artículo de opinión en el portal de Forbes titulado: “Los 10 mexicanos más corruptos de México”, en el que incluyó a Sota. “Los argumentos que hace Sota son en su mayor parte opiniones de Estévez que no pueden razonablemente ser declaradas o implicadas en hechos falsos”, se lee en el fallo de 12 páginas que ayer emitió el juez Liam O’Grady. En su querella contra la periodista –colaboradora de Noticias MVS y también de Forbes–, Sota Mirafuentes sostuvo que fue difamada y, además, que el artículo le causó daños económicos a sus negocios personales. En su texto, Estévez señala que la excoordinadora de Comunicación Social de la Presidencia de la República en el sexenio pasado “estaba siendo investigada por parte de las autoridades mexicanas”, presuntamente por enriquecimiento ilícito y tráfico de influencias, y añade que Sota estudiaba en la Kennedy School de la Universidad de Harvard sin contar con una licenciatura profesional. También destaca que cuando fungió como vocera y asesora de Calderón, Sota Mirafuentes favoreció con la asignación de contratos gubernamentales a sus excompañeros de escuela y amigos. “Sota admite que ella estaba siendo investigada por corrupción, por parte de las autoridades mexicanas, y que estudiaba en la Universidad de Harvard sin contar con un título profesional”, subraya el dictamen del juez O’Grady. El fracaso de la demanda de Sota, según la interpretación del magistrado en Virginia, se sustenta en lo que en Estados Unidos se garantiza en la Primera Enmienda: la libertad de expresión. “Las opiniones no están generalmente sujetas a demandas porque dichas declaraciones no pueden ser objetivamente caracterizadas como verdaderas o falsas”, destaca el juez en su fallo. Para su demanda contra Estévez, la exvocera de Calderón contrató los servicios del bufete de abogados Boies, Schiller & Flexner, uno de los mas caros en Estados Unidos. Por su parte, la periodista mexicana es representada sin costo alguno por la firma de abogados Morrison & Foerster. La demanda de Sota Mirafuentes califica como “difamación” el que Estévez la considere en su artículo como una de las personas a quienes los mexicanos “perciben” como entre las más corruptas. “La aserción de que Sota era percibida entre los mexicanos más corruptos en 2013, no puede ser objeto de demanda porque no es objetivamente verificable y porque conlleva a una aserción subjetiva”, enfatiza O’Grady en sus conclusiones. Sobre los supuestos daños económicos que le causó el texto publicado, Sota Mirafuentes sostuvo en su queja que se le fueron de las manos unos contratos que presuntamente le otorgaría el gobierno mexicano a su firma de consultaría Integra, Metas Estratégicas. Supuestamente, y según la demanda, la exfuncionaria federal hubiese percibido de 850 mil a un millón 700 mil dólares con esos contratos, pero no se concretaron porque justo cuando estaba en negociaciones con el gobierno, apareció el artículo de Estévez. “No existe una manera objetiva de probar si Sota es percibida como una de las 10 personas más corruptas en México. Estévez establece su opinión sobre el asunto y aportó una base factual para esta opinión. Sota admite la base factual de que la opinión de Estévez es verdad”, remarca el juez O’Grady en su fallo. “Estoy muy satisfecha con el resultado y muy agradecida con mis abogados de la firma Morrison & Foerster que me representaron gratuitamente, con dedicación y profesionalismo. Es hora de ver hacia adelante”, declaró Estévez a Apro después de conocer el fallo de la Corte en Virginia. La exvocera de Calderón tiene un plazo de 30 días para apelar la decisión del juez.

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