El TEPJF sepulta candidatura de Ebrard

viernes, 22 de mayo de 2015 · 21:26
MÉXICO, DF, (apro).- Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) volvió a “sepultar” este día las aspiraciones electorales de Marcelo Ebrard, tras revocar la resolución del INE que autorizó al exjefe de gobierno capitalino la candidatura suplente a una diputación federal por el partido Movimiento Ciudadano (MC). Este viernes la Sala Superior del TEPJF aprobó el proyecto SUP-RAP-195/2015, presentado por el magistrado Pedro Esteban Penagos López, en el sentido de que es ilegal el acuerdo 162/2015 del INE a través del cual aprobó el registro de Ebrard Casaubón para diputado federal por la cuarta circunscripción plurinominal. También se indica en el proyecto que, una hora antes de iniciada la sesión, Marcelo Ebrard presentó un alegato para puntualizar que en la sentencia del Tribunal jamás se especificó que no pudiera ser candidato suplente. “Lo que se revocó en el recurso 125 fue la designación como candidato de Marcelo Ebrard en la cuarta circunscripción. No podía ser registrado como candidato en este proceso electoral. El ciudadano participó de manera ilegal en los procesos de los partidos de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano. Lo decidido por esta Sala Superior trasciende al nuevo registro. Lo que se estimó fue que no estaba apegado a derecho el registro como candidato, independientemente de que ahora sea propuesto como suplente. “Es cosa juzgada e inatacable, en consecuencia, debo mencionar que este caso no es una cuestión en la que se estudie o determine la inelegibilidad o suspensión de derechos políticos-electorales. Es una determinación ya emitida en una sentencia que ha quedado firme. No se estimó en la resolución, que es cosa juzgada, el registro como candidato propietario, sino por haber participado en dos procesos internos similares”. Además, “no se puede, en un momento dado, evadir el cumplimiento y decir que fue retirado como candidato propietario pero ahora está como suplente. Fue la candidatura, en sí, la que no estaba apegada a derecho”, se argumenta en el proyecto. Con ello, Penagos López dio la razón al PRD, Partido Verde y Encuentro Social que impugnaron la decisión del INE de registrar a Marcelo Ebrard como candidato suplente. “Lo que se revocó fue la designación del candidato, como tal, en la cuarta circunscripción plurinominal, esto sin hacer referencia a una candidatura como propietario o como suplente, a final de cuentas, se trata de la misma fórmula. Por lo cual, en mi concepto, es claro que dicho ciudadano ya no podía ser registrado como candidato a diputado federal por el partido Movimiento Ciudadano en la cuarta circunscripción plurinominal en el transcurso del presente proceso electoral federal”, añadió. El magistrado Manuel González Oropeza indicó que los registros de Ebrard conculcaron la Constitución y la ley. “Infringió la prohibición legal y jurisprudencial sobre las condiciones que tiene un ciudadano para registrarse, por ello, por tratarse de normas de orden público, no pueden sancionarse, no pueden convalidarse y mucho menos pueden, de ninguna manera, encubrirse”. La magistrada María del Carmen Alanís indicó que el Instituto Nacional Electoral (INE) no acató la sentencia del Tribunal que determinó que Ebrard no podía ser inscrito de nueva cuenta como diputado, ni en el PRD ni en Movimiento Ciudadano. “Permitir el registro de Marcelo Ebrard como suplente, aprobado ya por la autoridad responsable, representaría aceptar un fraude a la ley, e implicaría que esta Sala Superior aceptara que sus sentencias carecen de fuerza vinculante para las partes, lo que para mí es inaceptable, pues se afectaría la esencia misma de la función constitucional que este tribunal tiene”, indicó. El magistrado presidente Constancio Carrasco Daza indicó que la sentencia “irradia” la integración no sólo por el registro de Marcelo Ebrard como propietario, sino de suplente, porque ambos establecieron una única fórmula.

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