MÉXICO, D.F. (apro).- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) formuló la recomendación 29/2015 para el director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), José Antonio González Anaya, por el caso de una mujer que perdió a su bebé por negligencia de médicos del Hospital General de Zona 2-A “Francisco del Paso y Troncoso”, en el Distrito Federal.
Tras examinar las evidencias integradas al expediente CNDH/5/2013/5442/Q, el organismo nacional encontró elementos para acreditar violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud materna y a vivir una vida libre de violencia obstétrica en el caso de la mujer, y al derecho a la vida en el caso de su hijo, todos ellos atribuibles a dos médicos adscritos al hospital referido.
Por ello recomendó al director general del IMSS reparar el daño a la afectada que incluya indemnización y atención médica y psicológica, así como su inscripción en el Registro Nacional de Víctimas, a fin de que tenga, en lo conducente, acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.
En protección de la garantía de no repetición, el director del IMSS deberá solicitar al personal médico copia de la certificación y recertificación tramitadas ante el Consejo de Especialidades Médicas, que acrediten la actualización, experiencia y conocimientos suficientes para mantener las habilidades que le permitan brindar un servicio adecuado y profesional.
También deberá capacitar al personal del hospital en materia de derechos humanos con perspectiva de género y sobre el conocimiento, manejo y observancia de las normas oficiales, con el fin de evitar daños futuros.
Asimismo, deberá dictar medidas para que los servidores públicos del nosocomio adopten normas efectivas de prevención, para garantizar que los expedientes clínicos se encuentren debidamente integrados, conforme a las legislaciones nacional e internacional.
Y además deberá colaborar en las investigaciones de la denuncia que presentará la CNDH ante la Procuraduría General de la República y cooperar en el procedimiento administrativo de investigación ante el Órgano Interno de Control del IMSS.
La mujer de 38 años llegó al nosocomio el 19 de junio de 2013, a las 12:00 horas con 38 semanas de gestación y ya iniciado el trabajo de parto. Fue valorada en el Servicio de Tococirugía y enviada al piso de Ginecoobstetricia y para las 22:20 horas del mismo día, el médico asentó que presentaba siete centímetros de dilatación, por lo que inició el proceso para acelerar el parto.
Horas después, ya en la madrugada del día siguiente, otro médico la valoró en dos ocasiones, a la 1:00 y a las 2:30 horas y registró en la nota de evolución que “continuaba con vigilancia”. Sin embargo, al momento de la primera revisión la paciente ya presentaba los 10 centímetros de dilatación necesarios para llevarla a la sala de expulsión, sin embargo eso sucedió hasta las 3:40 horas.
En la sala de atención del parto, la paciente dijo a los médicos que el proceso era doloroso y sugirió que le hicieran cesárea como en su primer parto pero el primer médico se negó y le dijo que le ayudaría. Le presionó el abdomen en cinco ocasiones y el bebé nació vivo sin que se reportara complicación alguna.
El neonato registró un paro cardiorrespiratorio y debió ser trasladado al Servicio de Pediatría, para recibir reanimación neonatal durante ocho minutos. Siete días después le diagnosticaron muerte cerebral y a las 05:50 horas del 14 de julio falleció, al desarrollar encefalopatía hipóxico isquémica y asfixia perinatal.
Según la investigación de la CNDH, los médicos no consideraron los antecedentes obstétricos de la madre, que constan en las notas médicas del expediente clínico, tampoco realizaron un adecuado monitoreo fetal, ni estrecha vigilancia del trabajo de parto, y en un lapso de seis horas no realizaron el registro de la evolución del descenso del bebé por el canal de parto.
El segundo médico no realizó un adecuado monitoreo fetal ni una correcta vigilancia del trabajo de parto y por ello no detectó la dificultad en el descenso del producto que se extendió por tiempo prolongado y ocasionó que presentara sufrimiento fetal agudo. “La omisión de este médico influyó en la pérdida de la vida del bebé”, concluyó la CNDH.