Hacienda deberá informar sobre el bloqueo de fondos a criminales
MÉXICO, D.F. (apro).- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) deberá entregar la lista con los inversionistas cuyos fondos y activos fueron congelados por presuntamente estar relacionadas con organizaciones o actividades terroristas y con operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Se trata de listas derivadas de las resoluciones 1267, que data de 1999, sucesivas y 1337, de 2001, emitidas por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas o las organizaciones internacionales.
La instrucción la dio el pleno del Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos (Inai) al resolver un recurso de revisión de un particular que se inconformó con la respuesta de la SCHP a su solicitud de obtener el listado de personas bloqueadas y el nombre de las que compurgan sentencia por delitos de financiamiento al terrorismo u operaciones con recursos de procedencia ilícita.
En su respuesta inicial y durante los alegatos, la SHCP indicó que el listado está reservado por 12 años “por motivos de seguridad nacional, porque pondría en riesgo la seguridad de funcionarios, causaría perjuicio a la persecución o prevención de delitos y, porque afectaría la detección de actos u operaciones con recursos de procedencia ilícita”.
En el caso de la lista derivada de la resolución 1267 precisó que puede ser consultada en un vínculo electrónico de la ONU y en cuanto a las personas sentenciadas por financiamiento al terrorismo y operaciones con recursos de procedencia ilícita, declaró un resultado de cero.
El caso fue turnado a la comisionada Areli Cano Guadiana, quien al analizarlo examinó la resolución de un recurso de revisión anterior –RDA 4454/14—en el que se solicitó la misma información, y se instruyó entregarla en versión pública.
También revisó la página de Internet del Consejo de Seguridad de la ONU donde localizó la resolución 1267 relacionada con el grupo terrorista Al Qaida y la transcripción de una comunicación dirigida a la representación mexicana en Naciones Unidas sobre esa resolución.
Dicho proyecto de resolución destaca que los nombres ya son públicos en la página del Consejo de Seguridad de la ONU y que, además, no se acredita la vulneración que se causa a la seguridad nacional con su difusión.
Por ello, el pleno del Inai, resolvió modificar la respuesta de la SHCP e instruirle a entregar el listado con los nombres de personas bloqueadas que se encuentren dentro de las listas derivadas de las resoluciones 1267 (1999), sucesivas, 1373 (2001) y las demás que sean emitidas por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas o las organizaciones internacionales.