Televisa con poder "sustancial " en 63 mercados: IFT

miércoles, 9 de septiembre de 2015 · 15:24
MÉXICO, D.F. (apro).- El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) informó que el consorcio de empresas de Televisa, denominado Telecable, tiene poder “sustancial” en 63 mercados relevantes del Servicio de Televisión y Audio Restringidos (STAR). El STAR se define como un servicio de telecomunicaciones que se presta mediante contrato y el pago periódico de una cantidad preestablecida y en el caso del Grupo Televisa que el IFT identifica como GIE 1 GTV o Telecable, derivado de la concentración, “ adquiere poder sustancial o lo incrementa en 63 mercados relevantes del STAR. Dichos mercados se encuentran en Aguascalientes, Colima, Chiapas, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Querétaro, Tamaulipas y Zacatecas. GIE 1GTV, es según el dictamen preliminar publicado por el IFT en el Diario Oficial de la Federación (DOF, el único Grupo de Interés Económico (GIE) en esa condición de poder sustancial. Los otros son: GIE 2 DISH, GIE 3 Megacable, GIE 4 Grupo Salinas, GIE 5 AMX, GIE 6 Maxcom, GIE 7 Axtel y GIE 8 Alestra. El IFT explicó que se determinó como mercado relevante la provisión del servicio de televisión y audio restringidos (STAR) a través de cualquier tecnología de transmisión, con una dimensión geográfica local, tomando como unidad geográfica de estudio el municipio. Además se analizaron cinco mercados adicionales que involucran los servicios de telefonía fija, Internet de banda ancha fija, enlaces dedicados, interconexión para la terminación fija y comercialización de publicidad en el STAR. Respecto de estos últimos “se consideró que no existen elementos suficientes para determinar que, derivado de la transacción que originó la investigación, el GIE I GTV adquiera poder sustancial”, señaló el IFT. Finalmente, el organismo refirió que “los agentes económicos que acrediten tener interés en el asunto podrán manifestar lo que a su derecho convenga y ofrecer los elementos de convicción que estimen pertinentes”. Para ello tendrán un plazo de 20 días hábiles posteriores a la publicación en el DOF.

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