Ordena INAI a Conasami abrir informe final para definir política salarial

domingo, 23 de octubre de 2016 · 10:13
CIUDAD DE MÉXICO (proceso.com.mx).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) dar a conocer el “Informe final que contiene los resultados de las investigaciones y estudios efectuados y las sugerencias y estudios de los trabajadores y patrones”, para analizar y determinar la nueva política salarial en el país. En un comunicado, el INAI destacó que el Informe está integrado por siete capítulos y dos tomos que contienen 20 estudios elaborados por el Banco de México, la Organización Internacional del Trabajo, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, el Centro de Estudios Económicos del Sector Privado, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía y la Universidad Iberoamericana. En dos recursos de revisión, el pleno del INAI determinó que el Informe es de interés público, porque cada uno de los documentos que lo integran constituyen los insumos a utilizar por la Conasami para definir dicha política. El primer caso fue presentado ante el pleno por el comisionado Francisco Javier Acuña Llamas, quien destacó que el acceso a esa información servirá para conocer lo que está pasando con el salario mínimo en México. “Por qué tiene relevancia en estos momentos, pues porque se avecina la obligación que tiene cada año la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos de determinar el salario mínimo a nivel nacional. Ya se ha evolucionado mucho en este campo, se desindexó esa cuestión que había de establecer que todo se medía en salarios mínimos”, apuntó. Acuña Llamas subrayó la relevancia de conocer el informe porque se avecina la obligación anual de la Comisión para determinar el salario mínimo a nivel nacional. Asimismo, refirió que México es el país de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) con el salario mínimo más bajo. El segundo caso fue presentado por el comisionado Joel Salas Suárez, quien aseguró que el informe servirá como insumo para debatir y conocer las diversas opciones de política de salario mínimo que se podrían implementar; así como las posturas a favor y en contra de cada una. “La decisión que se tome sobre el futuro del salario mínimo en nuestro país será determinante para garantizar una vida digna a quienes lo ganan y a sus familias; también lo será para alcanzar el octavo de los Objetivos de Desarrollo Sostenible impulsados por la ONU, a saber, garantizar un trabajo decente y crecimiento económico”, destacó. Salas Suárez afirmó que la determinación de la Conasami será  fundamental para colaborar a que el Estado garantice los derechos humanos de sectores de la población con más bajos ingresos y a reducir la desigualdad en el país. Los recursos de revisión fueron interpuestos ante el INAI por dos particulares, luego de que la Conasami reservó el Informe por un periodo de un año, argumentando que su difusión podría generar efectos negativos en la percepción social, tensión en las relaciones obrero patronales, enfrentamiento de opiniones por parte de las diversas instituciones que participaron en su elaboración con el fin de desacreditar algunas de ellas o un mal uso de la información. Sin embargo, en el análisis de cada caso, se determinó que la clasificación del informe es improcedente, porque constituye un elemento de apoyo, cuya difusión no afectaría la determinación de la Conasami. Se advirtió que el documento solicitado no constituye en sí mismo, ni registra opiniones, recomendaciones o puntos de vista que se estén desarrollando en el seno del Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos para la definición de una nueva política en materia de recuperación de salarios mínimos. Se comprobó que el informe no da cuenta de cómo la Comisión tomará la decisión definitiva. Es decir, se trata de un insumo para el proceso deliberativo y su difusión no podría causar un daño a la capacidad de la autoridad para resolver el proceso. Por otra parte, se asentó que si bien se trata de insumos informativos o de apoyo para el proceso deliberativo, la reserva del Informe invocada por la Conasami no alcanza a colmar los elementos exigidos por la Ley General de Transparencia, ya que el perjuicio que supondría su divulgación, es mucho menor al interés público de conocerlo. Así, se concluyó que es de gran interés y relevancia conocer los estudios elaborados por las diferentes instituciones nacionales e internacionales referidas, porque se trata de insumos informativos, para abonar a la discusión sobre  la nueva política pública salarial en México. Finalmente, se señaló que el Informe será una fuente para promover la rendición de cuentas porque proporcionará los parámetros para evaluar la decisión y las políticas implementadas por la Comisión. Por lo expuesto, el pleno del INAI resolvió instruir a la Conasami entregar la versión íntegra del “Informe final que contiene los resultados de las investigaciones y estudios efectuados y las sugerencias y estudios de los trabajadores y patrones”.

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