Piden a la Corte declarar inconstitucional el delito de 'ataques a la paz pública”
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Organizaciones defensoras de la libertad de expresión hicieron hoy un llamado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a acatar la posición de la mayoría de ministros que consideró inconstitucional el delito de ataques a la paz pública en el juicio de amparo que se sigue en el caso de Bryan Reyes Rodríguez.
Él es acusado de los delitos de daño a la propiedad ajena y ataques a la paz pública por su participación en hechos ocurridos el primero de diciembre de 2012, en el marco de la toma de posesión del presidente Enrique Peña Nieto y el miércoles pasado. La primera sala de SCJN determinó que el artículo 362 del Código Penal del Distrito Federal, que considera como ilícito “los ataques a la paz pública” es inconstitucional.
El miércoles pasado la primera Sala de la Corte analizó el amparo directo en revisión 4384/2013 relativo al caso de Bryan y el proyecto de sentencia del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena proponía concederle el amparo por la existencia de una denuncia de tortura, pero defendía la constitucionalidad del delito de ataques a la paz pública.
Durante la discusión, la mayoría señaló que este delito violaba el principio de taxatividad en materia penal, lo que implica que tiene definiciones “vagas e imprecisas” que pueden ser utilizadas de forma arbitraria. También se argumentó que el delito en cuestión violaba el derecho de libertad de expresión
Ante ello una mayoría conformada por la ministra Lucía Piña Hernández y los ministros José Ramón Cosío y Arturo Zaldívar, votó en el sentido de sostener que el delito de ataques a la paz pública es inconstitucional, por lo que se deberá realizar un nuevo proyecto de sentencia.
A través de un comunicado la organización Litigio Estratégico en Derechos Humanos y el Frente por la Libertad de Expresión pidieron a la Corte que refrende la posición mayoritaria asumida por la Primera Sala que estima que no es constitucional el delito de ataques a la paz pública.
También exigieron que la discusión se dé “con una perspectiva de derechos humanos y bajo los más altos estándares de protección.
“Consideramos que este fallo favorecerá la vigencia de las libertades democráticas en la Ciudad de México, las cuales se han visto afectadas por prácticas autoritarias que criminalizan las expresiones de disenso y la manifestación pública y que utilizan el derecho penal como un mecanismo de resolución de conflictos sociales”.
Además, consideraron que ello abre la oportunidad para que las Legislaturas locales ajusten las disposiciones de derecho penal bajo una lógica de “mínima intervención” y que las autoridades de procuración de justicia terminen con la práctica de la falsa imputación de delitos a quienes se manifiestan.
“Recordamos que la protesta social representa el ejercicio legítimo de derechos humanos y que debe garantizarse en el marco de un estado democrático”, subrayaron las organizaciones.
Y consideraron que el caso de Bryan Reyes, detenido durante la jornada de protesta el 1 de diciembre de 2012, es representativo de la utilización del derecho penal en contra de personas que ejercen el derecho a la libertad de expresión y a la manifestación.