SCT vulneró la ley al recabar datos biométricos durante entrega de TV digitales: INAI

viernes, 15 de abril de 2016 · 17:57
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) incumplió los principios de “licitud, finalidad, proporcionalidad, calidad, información, consentimiento, custodia, cuidado y seguridad” al recabar datos biométricos en el marco del Programa de Trabajo para la Transición a la Televisión Digital Terrestre (TDT) y transmitirlos a la Secretaría Desarrollo Social (Sedesol) porque su obtención “no se encontraba prevista en el marco legal aplicable”. Así lo informó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) tras concluir una investigación iniciada en agosto de 2015, a fin de verificar si la SCT cumplió a cabalidad los principios rectores de la protección de datos personales previstos en la ley y lineamientos federales en materia de transparencia. En dicha investigación, afirmó, “se advirtió que la dependencia incumplió los principios de licitud, finalidad, proporcionalidad, calidad, información, consentimiento, custodia, cuidado y seguridad”. Por ello, el pleno del INAI mediante un acuerdo ACT-PUB/14/04/2016.05, recomendó a la SCT “abstenerse de dar tratamiento a los datos personales biométricos que recabó”, es decir, las diez huellas dactilares y fotografía de los beneficiarios del Programa TDT. También sugirió a la dependencia contar con otro lugar distinto al Centro de Datos Alestra Querétaro –destinado a almacenar los medios de respaldo del sistema de datos personales—que cumpla con las condiciones de seguridad especificadas en la normatividad aplicable. Finalmente, expedir a través de su Comité de Transparencia y el área de tecnologías de la información, informática o su equivalente, un documento que contenga las medidas administrativas, físicas y técnicas de seguridad aplicables a los sistemas de datos personales, el cual deberá actualizarse cada año. Además de las recomendaciones el INAI determinó dar vista al Órgano Interno de Control de la SCT para que en el ámbito de sus atribuciones determine lo que en derecho corresponda. El comisionado Francisco Javier Acuña Llamas consideró trascendente este caso porque se refiere al tratamiento inadecuado de datos personales en una “base masiva” de más de 11 millones de personas, con una realidad económica y social vulnerable. Recabar las 10 huellas dactilares y fotografía de las personas para entregarles televisores analógicos, subrayó, no fue proporcional y manifestó su preocupación por el riesgo que podría traer la filtración de la nutrida base de datos biométricos, sobre todo, en el contexto de las elecciones en algunas entidades federativas. Por ello, señaló que en el contexto de la Ley General de Datos Personales, que se está discutiendo en el Senado, “este es un asunto que nos debe permitir llamar a los señores legisladores para advertir los delicados alcances y las potestades de este órgano garante”, plateó. Por su parte la comisionada Areli Cano Guadiana calificó como inaceptable que en el ejercicio de las funciones de la autoridad se pongan en riesgo los derechos de las personas como se demostró en la investigación. “La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, mediante la implementación del Programa de Trabajo para la Transición a la Televisión Digital Terrestre, limitó la libertad de elección que tienen los titulares, respecto del tratamiento de su información personal así como la garantía de mantener control y disposición sobre ellos”, subrayó. Con este hecho, dijo, queda de manifiesto la necesidad de que las instituciones incorporen a su quehacer cotidiano la conciencia de que la información de las personas “es materia de la más alta protección y cuidado de su manejo” y que cualquier decisión en cuanto a su recopilación y tratamiento tiene que ser valorada desde la perspectiva de causar la menor injerencia a su intimidad y vida privada.

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