Corte aborda amparo de firma que busca ofertar fármacos de mariguana
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia (SCJN) discutirán hasta este jueves 7 el amparo solicitado por un particular, quien pretende desarrollar y vender medicamentos elaborados con base en la mariguana.
Sin embargo, las opiniones de los integrantes del pleno de la Corte están divididas respecto de la resolución de este recurso interpuesto por Comercializadora Rubicón, SA.
Dicha empresa solicitó a la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) autorización para la comercialización y desarrollo de medicamentos hechos con base en cannabis sativa, índica y americana o mariguana, su resina, preparados y semillas, así como del psicotrópico THC.
El ministro ponente Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena recordó la primera posición formulada por su colega Eduardo Medina Mora, para quien el amparo debe declararse improcedente.
Lo anterior, reportó la agencia Notimex, debido a los vicios en la constitución de la sociedad de la empresa, de acuerdo con los elementos de prueba, traídos oficiosamente y que no obran en autos.
Asimismo, la segunda posición, formulada por el ministro presidente de la Corte, Luis María Aguilar Morales, donde cuestiona la improcedencia del juicio por la imposibilidad de dar efectos a una eventual concesión de amparo, esto al reforzar la tesis de Medina Mora.
Y la tercera, planteada por el ministro presidente y el ministro Alberto Pérez Dayán, también en el sentido de que debe ser improcedente por resultar inviable la petición, ante la inobservancia de otros requisitos legales.
Entre ellos, por ejemplo, la falta de protocolos de investigación de los requisitos de un laboratorio o de la propuesta de un medicamento o tratamiento específico.
Gutiérrez Ortiz Mena, después de evaluar con detenimiento las razones que sostienen cada una de estas tres posiciones, propuso al pleno sostener el proyecto en su integridad.
Luego destacó la solicitud expresa de la persona moral y la contestación de la autoridad administrativa.
También refirió que mediante escrito, del 24 de junio de 2013, la empresa solicitó a la Cofepris la expedición de autorización sanitaria para la comercialización y desarrollo de medicamentos hecho con base en mariguana y psicotrópico THC.
Esto incluye siembra, cultivo, cosecha, elaboración, preparación, acondicionamiento, adquisición, posesión, transporte, suministro, empleo, importación, exportación y comercialización para el desarrollo y venta de medicamentos y tratamientos elaborados con esas sustancias.
Además, reiteró que la Corte debe ser muy clara en que no le corresponde sustituirse en la autoridad administrativa para resolver ante sí peticiones como la formulada por Comercializadora Rubicón, pues ello violaría el principio de división de poderes.
Medina Mora enfatizó en su tesis de que la Ley General de Salud es clara, ya que en el artículo 198, sobre la acreditación de capacidades previas, “no hay un solo laboratorio farmacéutico que tenga un solo producto”.
“No es viable económicamente hacer esto, se tiene un portafolio de productos con capacidades de investigación y producción en general; entonces, primero hay esta, y así fue mi argumentación el día de ayer: Falta de acreditación de capacidades que, me parece, sí tiene un impacto severo en la legitimación”, argumentó.
“En segundo lugar, en relación con la personalidad de la empresa quejosa, nada más lejano a mi intención sorprender a este tribunal pleno, quiero decirles que el elemento que acredita lo que ya está en los autos, en el sentido de que no está acreditado el registro público de esta sociedad mercantil.
“Fue obtenido por su servidor a pesar de que había sido precisamente detectado y por eso se pidió a través de un tercero, como lo autoriza expresamente el Código Federal de Procedimientos Civiles”, reveló.
Las posiciones se dividieron y el tema seguirá en discusión el próximo jueves, con el fin de determinar si se otorga el amparo a la quejosa o se desecha.