El TEPJF reduce multas a Televisa y Televimex por transmitir propaganda ilegal

miércoles, 8 de noviembre de 2017 · 11:10
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó reducir las sanciones aplicadas por el Instituto Nacional Electoral (INE) a Televisa y Televimex, por transmitir propaganda ilegal en un partido de futbol entre el Club América y Toluca, el 2 de mayo de 2015. El pasado 14 de julio, el Consejo General del INE sancionó a Televimex con 385 mil 549 pesos y a Televisa con 350 mil 499 pesos, porque los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista de México (PVEM) contrataron fuera de la ley propaganda político-electoral que fue difundida en vallas y “unimetas” colocadas alrededor de la cancha del Estadio Azteca. No obstante, las magistradas y magistrados del TEPJF consideraron que la infracción a las citadas empresas era cosa juzgada, ya que al resolverse el recurso de revisión del procedimiento especial sancionador SUP-REP-432/2015, la Sala Superior estableció que dichas personas morales participaron en la difusión de propaganda en televisión fuera de la administrada por el INE. En ese sentido, el Pleno resolvió que la sanción impuesta a Televisa y Televimex no consideró que su responsabilidad fue indirecta, por lo que resultaba desproporcionado que se les sancionara con una multa similar a aquellos sujetos que participaron de forma directa. Hubo “atenuantes que favorecen a ambas empresas al no haber responsabilidad directa”, puntualizó el magistrado José Luis Vargas en la sesión de este miércoles. Las responsables de su difusión fueron CPM Medios y Publicidad Virtual, puntualizó. En consecuencia, la sentencia modificó lo resuelto por el INE, para el efecto de individualizar de nueva cuenta la sanción acorde a las circunstancias del caso. Tras ponderar diversos elementos, el Pleno de la Sala Superior impuso a Televisa S.A. de C.V. una multa de 175 mil 249 pesos, y la sanción para Televimex S.A. de C.V. quedó en 192 mil 774 pesos. Ambas multas deberán pagarse dentro de los 15 días siguientes en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE.

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