Los partidos, obligados a garantizar ante el INE la paridad de género al registrar a sus candidatos

miércoles, 8 de noviembre de 2017 · 18:58
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Los partidos políticos nacionales o coaliciones deberán cumplir en el registro de candidaturas federales a diputaciones y senadurías con el propósito de salvaguardar el principio de paridad de género y garantizar fórmulas de candidatas y candidatos indígenas. “Estos criterios reflejan los aprendizajes obtenidos en más de ocho procesos electorales federales y, de manera especial, ratifican el con la causa de la paridad, de la inclusión y de la igualdad política”, destacó el consejero presidente del instituto tras la aprobación por unanimidad en lo general por parte del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova. Según el funcionario electoral, esas acciones “no son un producto de una decisión del legislador, sino de una interpretación que del tema de paridad se ha hecho en sede jurisdiccional y en sede administrativa”. Por lo que atañe a la representación indígena, añadió Córdova, “es evidente que el reconocimiento pluricultural de nuestra nación no ha trascendido hacia los órganos de representación del Estado. Los órganos de representación política que hoy tenemos no reflejan necesariamente ese carácter pluricultural”. Según él, ese proyecto es un paso hacia el establecimiento de cuotas en materia de representación política de las y los indígenas de nuestro país y también de la participación política de las mujeres”. A su vez, el consejero Benito Nacif, presidente de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE, advirtió: “La democracia no se entiende sin el valor de la igualdad. Las mujeres y grupos indígenas en el país son los sectores más subrepresentados. Este acuerdo establece medidas compensatorias, acciones afirmativas, que plantean revertir la desigualdad hacia las mujeres y la integración de los indígenas a los cargos de representación política”. La consejera Pamela San Martín hizo un recuento de la representación legislativa de las mujeres y los indígenas de México: “En 2006 tuvimos 12 hombres indígenas y sólo dos mujeres indígenas. En 2009 siete hombres indígenas y sólo tres mujeres indígenas. En 2012 cinco hombres indígenas y sólo dos mujeres indígenas. Y en 2015 seis hombres indígenas y cero mujeres indígenas”. Su colega Dania Ravel mencionó que el principio constitucional de paridad no garantiza, por sí mismo, los resultados. “Por ello se requieren tomar medidas adicionales para que podamos ver su efectividad”, expresó. Destacó el caso de senadurías por el principio de representación proporcional. El INE plantea. dijo, que la lista sea encabezada por una fórmula integrada por mujeres “¿Pero, por qué propusimos esto? En el Senado la desproporción entre hombres y mujeres que lo han integrado es histórica: La Legislatura 2012-2018 está conformada por 86 hombres y 42 mujeres; en la 2006-2012 hubo 106 hombres y 22 mujeres, y en la de 2000-2006, hubo 108 hombres y 20 mujeres”. Insistió en que la subrepresentación indígena es “alarmante: En la legislatura 2009-2012, hubo sólo indígenas; en la 2012-2015, siete, y en la actual seis indígenas; y todos hombres. Paridad de género en registro de candidaturas Según los criterios aprobados, las solicitudes de registro de candidaturas a senadurías y diputaciones deberán contemplar la paridad de género. Para el caso de senadurías por el principio de mayoría relativa, deberá observarse el principio de paridad vertical y horizontal: La primera fórmula que integra la lista de candidatas y candidatos que se presenten para cada entidad deberá ser de género distinto a la segunda, y de la totalidad de las listas de candidaturas por entidad federativa, el 50% deberán encabezarla hombres y el resto por mujeres. Para el caso de diputaciones por el principio de mayoría relativa, los partidos políticos nacionales o coalición deberán postular fórmulas integradas por personas que se autoadscriban como indígenas en al menos 12 de los 28 distritos electorales con población indígena, de los cuales 50% corresponderán a mujeres y 50% a hombres. Las solicitudes de registro de candidaturas de partidos políticos o coaliciones, tanto para propietario como para suplente, tienen que oficializarse en el 11 y el 18 de marzo de 2018. Asimismo, la plataforma electoral de partidos o coaliciones deberá presentarse en los primeros 15 días de enero de 2018, en tanto los consejos locales y distritales del INE deberán sesionar para validar los registros por el principio de mayoría relativa el 29 de marzo del próximo año.  

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