Sener debe entregar información sobre evaluaciones de impacto social en materia de hidrocarburos

miércoles, 21 de febrero de 2018 · 09:53
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Secretaría de Energía (Sener) debe entregar las resoluciones a las evaluaciones de impacto social presentadas por empresas interesadas en obtener contratos en materia de hidrocarburos, así como cada uno de los documentos que las integran, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). En un comunicado, el organismo explicó que una particular solicitó a la Sener tales documentos para el periodo de agosto de 2014 a septiembre de 2017, por lo que la dependencia entregó un disco compacto con treinta y cinco archivos (dieciocho dictámenes y diecinueve resoluciones en versión pública); sin embargo, la particular se manifestó inconforme con tal respuesta, por lo que interpuso un recurso de revisión ante el INAI, argumentando que la información era incompleta, pues tenía conocimiento de otros resolutivos. En alegatos, la Sener argumentó que la información remitida cumplía con las características señaladas por la particular, además de que se encontraba completa ya que la solicitud diversa a que hacía referencia contemplaba resoluciones adicionales a la del sector hidrocarburos. Al presentar el caso ante el Pleno, la comisionada Areli Cano Guadiana destacó que esta solicitud de acceso se relaciona con uno de los elementos novedosos introducidos por la Reforma Energética, que permite a las autoridades contar con información completa y oportuna sobre la vinculación que se generaría entre un proyecto y una comunidad. Agregó que las evaluaciones de impacto social tratan de medir los elementos demográficos, económicos y culturales relacionados con el proyecto a realizar, proceso en el que se deben seguir metodologías participativas con un enfoque de derechos humanos. En el análisis del caso se consultó la información publicada en la página gubernamental Rondas México, misma que se nutre de información de las distintas dependencias que participan en el arreglo institucional para la asignación de contratos de exploración y extracción de hidrocarburos, entre ellas Sener, advirtiéndose 39 contratos con sus respectivas evaluaciones de impacto social, mientras que a la particular se le enviaron solamente dieciocho resolutivos. Cabe señalar que, de acuerdo con los artículos 119 y 120 de la Ley de Hidrocarburos, así como el artículo 80 de su reglamento, el sujeto obligado debe contar con la información, pues las recomendaciones que emita la Sener sobre la evaluación de impacto social es un requisito para que los contratistas inicien las actividades de que se trate. La comisionada apuntó que la transparencia en el caso toma relevancia, porque será posible dotar a la sociedad de los elementos informativos necesarios para fortalecer esquemas de vigilancia, toda vez que serán accesibles los impactos negativos que eventualmente pueda tener el desarrollo de un proyecto determinado en una zona concreta. Con base en los argumentos presentados, el Pleno del Instituto, a propuesta de la comisionada Areli Cano Guadiana, modificó la respuesta de la Sener y le instruyó entregar la información faltante respecto de las resoluciones a las evaluaciones de impacto social presentadas por empresas interesadas en obtener contratos en materia de hidrocarburos, así como de cada uno de los documentos que las integran, de las rondas uno y de las licitaciones que las componen, siempre y cuando estén emitidas dentro del periodo solicitado por la particular.

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