Revisiones policiacas sin orden judicial aumentarían detenciones arbitrarias de jóvenes: CNDH

miércoles, 14 de marzo de 2018 · 18:08
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Ante la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de validar las revisiones policiacas a personas y automóviles sin orden judicial, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) alertó sobre el peligro de que se incrementen las detenciones arbitrarias, sobre todo, contra los adolescentes y jóvenes. En un comunicado para fijar su posición ante el debate que sostienen los ministros de la Corte por las acciones de inconstitucionalidad promovidas contra diversos artículos del Código Nacional de Procedimientos Penales, el organismo resaltó que “las detenciones arbitrarias han sido unas de las principales causas de inconformidad ante la CNDH en los últimos años, habiéndose registrado 10 mil 225 quejas por ese motivo entre 2007 y 2017 tan sólo en el ámbito federal”. Luego, destacó que, junto con el Sistema Nacional de Ombudsperson, está en proceso de realizar un informe sobre la detención arbitraria en el país “para dimensionarlo y determinar sus causas”. El organismo puntualizó que dicho análisis resulta “de particular importancia pues con frecuencia, las detenciones arbitrarias se vinculan a otras violaciones a derechos humanos de mayor gravedad como tortura; tratos crueles, inhumanos o degradantes o desapariciones”. También reiteró su preocupación por la decisión de la SCJN en su resolución la Acción de Inconstitucionalidad 10/2014 y su acumulada 11/2014, ya que “más allá de contribuir a que exista un entorno de mayor seguridad y menor violencia en nuestro país, los preceptos que fueron impugnados sigan propiciando violaciones a derechos y libertades básicas, sobre todo en contra de adolescentes y jóvenes”. De acuerdo con el análisis de la CNDH, los artículos impugnados vulneran “los derechos de presunción de inocencia, debido proceso, seguridad jurídica, libertad personal y el principio de legalidad”. En tanto, la validación de los artículos “faculta a la autoridad policial a llevar a cabo la inspección de una persona o su vehículo, por la simple existencia de una ‘sospecha razonable', lo cual (…) contraviene principios procesales y directrices básicas del sistema penal acusatorio mexicano”. La CNDH explicó que, cuando promovió la acción de inconstitucionalidad, “buscó brindar seguridad jurídica a las personas al evitar que la ambigüedad y la vaguedad de la redacción de los preceptos impugnados siguiera propiciando la amplia discrecionalidad y subjetividad que a la fecha existe para que las autoridades detengan e inspeccionen a personas, sin mediar orden judicial o que existan parámetros objetivos para justificar la realización de tales actos de molestia o normas que determinen y acogen los términos y condiciones en que habrán de llevarse a cabo”. Además, puntualizó que continuará documentando y atendiendo denuncias por los excesos que se cometan en la aplicación de los preceptos validados por la SCJN, al tiempo que “promoverá el que se certifique y capacite al personal de las instituciones policiacas que tengan a cargo su aplicación”. El organismo dijo que buscará “que se formulen protocolos de actuación para tan efecto, los cuales prevean mecanismos de supervisión externa y una debida rendición de cuentas”.

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