Procuradurías, impedidas para congelar cuentas bancarias, determina la Corte

jueves, 15 de marzo de 2018 · 21:33
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le quitó a las procuradurías la facultad de asegurar cuentas bancarias, títulos o derechos de operaciones financieras y estableció que el ministerio público sólo puede hacerlo si tiene autorización de un juez. En la reforma de justicia penal de 2008 se creó la figura del juez de control con el propósito de autorizar las técnicas de investigación por parte del ministerio público, argumentaron los ministros al resolver las acciones de inconstitucional promovidas contra el Código Nacional de Procedimientos Penales. Durante la investigación del delito, los jueces de control son garantes del debido proceso y del respeto a los derechos de las partes que intervienen o que pueden ser afectadas por las actuaciones de la autoridad. Bajo ese principio, el pleno de la Corte declaró inconstitucional el artículo 242 del Código Nacional de Procedimientos Penales referido al aseguramiento de cuentas y de títulos o derechos relacionados con operaciones financieras y que facultaba para ello al ministerio público. La intervención del juez es fundamental, pues el ministerio público dejaba al particular privado de la posibilidad de disponer de su dinero. La Corte estableció que el mismo principio aplica para el embargo de bienes del imputado para garantizar la reparación del daño o como una pena en el caso de que resulte culpable. En este caso, el juez podrá asegurar otros bienes del imputado, incluso ajenos al delito, si el responsable oculta o desaparece sus propiedades. Las acciones de inconstitucionalidad fueron promovidas en 2014 por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y el entonces Instituto Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Como parte de esas acciones, los ministros le dieron el aval constitucional a las inspecciones policiales a personas y vehículos sin orden judicial cuando haya flagrancia o “duda razonable” de que un individuo oculta entre sus ropas o que lleva adheridos a su cuerpo instrumentos, objetos o productos relacionados con el hecho considerado como delito y que se investiga.

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