La CNDH acredita irregularidades y excesos de la PGR en caso de cajas de seguridad en Cancún

domingo, 1 de abril de 2018 · 17:40
CIUDAD DE MÉXICO (proceso.com.mx).- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acreditó que la Procuraduría General de la República (PGR) incurrió en irregularidades y excesos durante el aseguramiento de las cajas de seguridad de la compañía First National Security (FNS) en Cancún, que derivaron en violaciones a los derechos humanos de los usuarios de esa compañía. La CNDH estableció que, si bien el cateo en un principio fue autorizado judicialmente, se omitió informar al juez de control que el objeto de esa diligencia era una empresa privada abierta al público con giro de renta de cajas de seguridad y resguardo de valores, por lo que al no tener la certeza de que todas las cajas pertenecían a una misma persona, es evidente que no procedía el aseguramiento de ningún bien u objeto que no estuviera relacionado con la investigación ministerial. El organismo agrega que el fiscal coordinador de la SEIDO no supervisó la correcta actuación del agente del Ministerio Público para que desarrollara el cateo conforme a derecho y respeto a los derechos humanos y, en su caso, determinar el cese de tales irregularidades. Las quejas fueron presentadas en la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo el 31 de octubre del 2017 y derivadas a la CNDH en razón de competencia, la cual inició el expediente CNDH/2/2017/7982/Q, en que acreditó las irregularidades atribuibles a un agente del Ministerio Público de la Federación encargado de su ejecución y al Fiscal Coordinador de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO). En su queja, las personas agraviadas refirieron que el 27 de octubre del 2017 los medios de comunicación dieron a conocer el aseguramiento, embargo y sustracción por elementos de la PGR, de las cajas de seguridad. Aunque recurrieron a la empresa a retirar sus pertenencias, no fue posible debido a que ésta se encontraba resguardada por la Secretaría de Marina Armada de México (Semar) y posteriormente por la Policía Federal, que les impidieron el paso. La PGR informó que el aseguramiento del inmueble y las cajas de seguridad derivaron de una orden de cateo en que se autorizó el uso de medios lícitos que incluyen rompimiento de cerraduras, chapas y candados. Varias personas dijeron que la PGR les pidió desistirse de la queja ante la CNDH y de los amparos ante el Poder Judicial federal, lo que no se acreditó del todo, pues quienes se desistieron no manifestaron que fue a petición de la PGR, la cual informó que no condicionó la devolución de contenidos, aunque la Comisión Nacional tiene una fotografía en que hay una cartulina con la leyenda “NOTA: Es requisito indispensable, presentar el desistimiento del amparo y la carta ante la CNDH…”. Ante la inquietud e inseguridad de las personas agraviadas por la supuesta exigencia de desistimiento de su queja, la CNDH puntualiza en su Recomendación que ninguna autoridad de ningún orden de gobierno, ni persona que labore en dependencias gubernamentales, tiene facultades para condicionar o impedir que alguien acuda a la Comisión Nacional a presentar o continuar su queja o para desistirse de la misma. Asimismo, ninguna dependencia de gobierno de cualquier nivel podrá tener en su normatividad disposición en dicho sentido, pues ninguna norma interna está por encima de la Constitución, Ley y reglamento de la CNDH. Por ello, la Comisión Nacional llamó a las dependencias de todos los niveles de gobierno a que ajusten su normatividad al espíritu protector de derechos humanos de la Constitución mexicana y la legislación de la CNDH. En razón de lo expuesto, la Comisión Nacional recomendó a la PGR que, conforme a derecho, se devuelvan a la brevedad las pertenencias a las personas usuarias de las cajas de seguridad que aún no hayan sido devueltas; colaborar con la CNDH en la presentación y seguimiento de la queja y denuncia que presente ante la Visitaduría General de la propia institución contra los dos servidores públicos y quien resulte responsable por el exceso en la ejecución del cateo. La Recomendación 06/2018 se dirigió al subprocurador jurídico y de Asuntos Internacionales en Suplencia del procurador general de la República, Alberto Elías Beltrán.

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