Pide el INAI a Bansefi dar a conocer información sobre tarjetas entregadas a damnificados por sismos

lunes, 30 de abril de 2018 · 12:09
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó al Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros S.N.C. (Bansefi) dar a conocer el número de folio o identificador de cada tarjeta destinada a la reconstrucción de viviendas afectadas por los sismos de septiembre de 2017. En el documento deberá especificar las que ya fueron entregadas y las que aún no han sido distribuidas, así como los documentos en los que conste la fecha de recepción por parte de los beneficiarios. Hacer pública esta información permite transparentar la dispersión de recursos públicos destinados a la reparación, reconstrucción, reubicación y construcción en las zonas afectadas por fenómenos naturales, destacó en su ponencia ante el Pleno el comisionado Oscar Guerra Ford, luego de que un particular solicitó la información y le fue negada. La información requerida, apuntó, “está relacionada con recursos públicos que por mandato constitucional deben transparentarse a efecto de brindar certeza sobre los montos establecidos para cada uno de los beneficiarios, de acuerdo con los daños que presentaron sus inmuebles, y de que efectivamente se ha entregado a estos damnificados a través de las tarjetas emitidas por el sujeto obligado”. Guerra Ford señalo que, de un total de 172 mil 26 viviendas censadas, 65% resultaron con daño parcial y 35% implicaron pérdida total. Detalló que para las viviendas que resultaron con daño parcial se destinaron mil 672 millones, mientras que a las que presentaron daño total se asignaron 7 mil 244 millones, con un monto total de apoyo de 8 mil 917 millones de pesos. De acuerdo con un comunicado del INAI, un particular solicitó a Bansefi información diversa relacionada con las tarjetas entregadas a los damnificados de los sismos de 2017, y entre los datos requeridos destacan el número de tarjetas entregadas, el folio o identificador de cada una de las tarjetas, nombres de los beneficiarios y fecha de entrega. Sobre las tarjetas que no han sido entregadas, solicitó el nombre de los candidatos a dicho beneficio y el folio identificador de las mismas, así como la evidencia contable del ejercicio de dichos recursos. El sujeto obligado señaló que se apegaba a la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, en lo referente al folio de identificación de las tarjetas; sin embargo, proporcionó el hipervínculo con el padrón de afectados, recabado por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu); sobre la fecha de recepción indicó que es difícil precisarla, debido a la cantidad de operativos de entrega. Inconforme con la respuesta, el particular interpuso un recurso de revisión ante el INAI en el que manifestó que el folio de las tarjetas, el nombre de los beneficiarios y la entidad federativa, es información asociada con la entrega de recursos públicos, por lo que es de carácter público; en relación con el hipervínculo de la Sedatu, indicó que dificulta la consulta y los enlaces no presentan la información en el formato de datos abiertos. En alegatos, Bansefi apuntó que los nombres de los beneficiarios fueron recabados por la Sedatu y, si bien dicho dato es público, los beneficiarios adquieren el carácter de clientes y usuarios de servicios financieros al abrir sus cuentas en el sujeto obligado como banco. Del análisis del caso se desprende que dar a conocer el número de folio identificador de cada tarjeta entregada no permite asociar dicho dato con el nombre de la persona que recibió los recursos públicos. Además, para generar certeza jurídica sobre la distribución de las tarjetas a los beneficiarios, se debió generar un documento fuente en donde conste la fecha de entrega a las personas que recibieron el apoyo, lo que constituye uno de los datos solicitados por el ahora recurrente. Por lo anterior, el Pleno del INAI, a propuesta del comisionado Guerra Ford, determinó modificar la respuesta de Bansefi y le instruyó proporcionar al recurrente la relación del número de folio o identificador de cada tarjeta destinada a la reconstrucción de viviendas de las personas afectadas por los sismos de septiembre de 2017 y los documentos fuente en los que conste la fecha de entrega de las tarjetas materia de la solicitud de información.

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