TEPJF ordena retirar espot de Mexicanos Primero donde aparecen niños como 'candidatos”

viernes, 4 de mayo de 2018 · 18:13
CIUDAD DE MEXICO (apro).- Por considerar que amenaza la prohibición constitucional de contratar propaganda dirigida a influir en las preferencias electorales de la ciudadanía, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó suspender de inmediato el spot de Mexicanos Primero ¿Y si los niños fueran candidatos? Se trata del anuncio en el que el órgano empresarial, fundado por los hombres más ricos de México, se valió de cinco niños caracterizados como los candidatos presidenciales para apoyar la reforma educativa que promovió el presidente Enrique Peña Nieto, aprobada por PRI, PAN y PRD en el Congreso, y en contra de la cual se ha manifestado Andrés Manuel López Obrador, abanderado de la coalición Juntos Haremos Historia. La resolución llega a partir de una denuncia del analista político Jorge Alcocer y Morena, amparados en el artículo 41 constitucional y el 447 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe), previamente desechada por el INE con el argumento de que se trataba de un “mensaje genérico sobre un tema de interés público”. Sin embargo, la Sala Superior del Tribunal determinó este viernes que el espot “contiene elementos suficientes” para justificar la adopción de medidas cautelares, concediendo a los denunciantes que el promocional podría ser “violatorio de la normativa constitucional que prohíbe a personas físicas o morales contratar propaganda con el propósito de influir en las preferencias electorales, o bien emitir mensajes en favor o en contra de partidos políticos o de candidatos a cargos de elección popular”. En sesión privada, y derivado de un análisis preliminar, los magistrados sustentaron su resolución particularmente en la frase “piensa bien y elige al candidato que apoye la transformación educativa”, con lo que se configuraría la falta por aludir directamente al proceso electoral. Horas más tarde, mediante un comunicado de prensa, el Tribunal Electoral difundió su sentencia: “Las prohibiciones constitucionales relativas a la contratación de promocionales que pretenden influir en las preferencias electorales son absolutas, por lo que era suficiente para el dictado de la medida cautelar, con el simple hecho de que, en el promocional denunciado, se realiza una invitación a pensar el voto en favor de una opción que fuera coincidente con la idea de transformación educativa”.

Comentarios