El INE avala espot del PAN que expone "contradicciones" de López Obrador

lunes, 4 de junio de 2018 · 18:09
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente la petición de Morena para bajar del aire el espot del PAN en el que se hace la pregunta “¿Quién engaña, López Obrador o López Obrador?”. En un comunicado, la Comisión de Quejas y Denuncias del organismo explicó que dicha frase “es una opinión de quien emite el mensaje respecto de las manifestaciones realizadas por Andrés Manuel López Obrador en distintos momentos que considera podrían resultar contrarias entre sí”. De esta manera, desechó la queja de Morena en el sentido de que el espot contiene aparentemente “elementos calumniosos” contra de Andrés Manuel López Obrador, candidato presidencial de la coalición Juntos Haremos Historia”. Así, los consejeros Adriana Favela, Claudia Zavala y Benito Nacif rechazaron la petición de medida cautelar de Morena por la difusión de los promocionales del PAN “INCGRNCIA” (televisión), “INCGRNCIA V2” (televisión) y “INCGRNCIARR” (radio). De manera unánime determinaron “bajo la apariencia del buen derecho, que los materiales denunciados no contienen frases, imágenes o datos que constituyan la imputación de delitos o hechos falsos, sino únicamente la referencia y crítica al mencionado candidato presidencial, respecto de diversas declaraciones que ha realizado a lo largo de su carrera política, lo cual está amparado en la libertad de expresión propia de los regímenes democráticos”. El INE recordó que, según los criterios emitidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), “la propaganda electoral no solamente se limita a captar apoyos, lo cual es lo ordinario al presentar ante la ciudadanía las candidaturas y programas electorales con la finalidad de obtener el mayor número de votos, sino que también busca reducir el número de adeptos, simpatizantes o sufragios de los otros partidos políticos que intervienen en la contienda electoral”. Al final, concluyó que el contenido de los espots señalados, “en apariencia del buen derecho, se encuentra dentro de los límites permisibles del debate político e intercambio de opiniones dentro de la etapa de campañas del proceso electoral en curso, que no sólo debe ser propositivo sino también crítico, con el objeto de que el electorado cuente con los elementos necesarios para estar en aptitud de emitir un voto informado”.

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