El Inai ordena al DIF informar sobre niños reunificados con sus familias
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) deberá dar a conocer el número de casos de niños y adolescentes que fueron reunificados con sus familias en el periodo de 2015 a 2018, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).
Lo anterior, luego de que el DIF se declaró incompetente para conocer dicha información ante la solicitud de un particular que, tras la respuesta, solicitó un recurso de revisión ante el Inai.
Durante la presentación del caso ante el pleno, el comisionado presidente del Instituto, Francisco Javier Acuña Llamas, señaló que cada semestre las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en cada estado de la República, le reportan datos al DIF sobre estatus actual de cada menor.
Por ello, el sujeto obligado cuenta con atribuciones para conocer información a nivel nacional.
“Hay un Sistema Nacional de Información en materia de Asistencia Social que está configurado para que haya datos precisos y certidumbre social al respecto”, destacó el Inai.
Asimismo, calificó como muy grave y delicado el asunto de los niños en situación de abandono o de albergue o de aislamiento de sus propias familias.
En alegatos, la dependencia gubernamental, por conducto de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, modificó su respuesta y apuntó que, de 2015 a 2018, se realizaron 14 reunificaciones familiares.
No obstante, indicó que no cuenta con información del universo total de niñas, niños y adolescentes que se encuentran bajo el cuidado alternativo o cuidado no parental en instituciones de asistencia social, ya que el registro de esta información corresponde a cada sistema estatal o municipal.
Derivado del análisis se determinó la competencia del DIF, pues entre sus funciones se encuentran coordinar el Sistema Nacional de Información en materia de Asistencia Social, evaluar los servicios de asistencia social a cargo de instituciones públicas y privadas, así como establecer los mecanismos necesarios para facilitar la reunificación de niñas, niños y adolescentes con su familia.
De igual forma, el Inai advirtió que la institución cuenta con al menos cinco unidades administrativas con facultades para proporcionar la información requerida, como la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y las Direcciones Generales de Integración Social de Representación Jurídica de Niñas, Niños y Adolescentes; de Regulación de Centros de Asistencia Social y de Restitución de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Además, se verificó la obligación de las Procuradurías de Protección de las entidades federativas de reportar la actualización de sus registros de manera semestral a la Procuraduría Federal de Protección.
Como resultado, se observó que el DIF cuenta con datos a nivel federal, estatal y municipal y se concluyó que no cumplió con el procedimiento de búsqueda establecido en la Ley Federal de Transparencia, ya que omitió turnar la solicitud a todas sus unidades administrativas competentes.
Aunado a ello, el criterio utilizado para localizar la información se restringió al ámbito federal, cuando se comprobó que cuenta con atribuciones para conocer datos a nivel estatal y municipal.
Tras lo expuesto, el pleno del Inai revocó la respuesta del DIF y le ordenó hacer una nueva búsqueda de la información, con un criterio amplio, en todas sus unidades administrativas competentes, sin omitir a las cinco señaladas, con la finalidad de dar a conocer el número de casos de niñas, niños y adolescentes reunificados con sus familias, de 2015 a 2018.