Procuradores y fiscales definen su campo de acción ante el arranque de la Guardia Nacional

viernes, 28 de junio de 2019 · 22:34
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Durante la inauguración de la XLI Asamblea Plenaria de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia (CNPJ), Alejandro Gertz Manero, fiscal General de la República, aclaró que las funciones del Ministerio Público no son funciones de prevención del delito ni son funciones de seguridad pública; son funciones de recepción, de denuncias o querellas, trámite de ellas y judicialización y representación social en los juicios. Explicó: “Esto es fundamental para establecer, quién, qué y cuáles son las funciones de cada quién y cómo nos podemos ayudar, sin hacer el trabajo de otros, ni vamos a invadir las funciones de prevención del delito, ni tampoco vamos a aceptar tener tareas que no nos corresponden. Vamos a trabajar juntos, pero con una claridad absoluta de responsabilidades y funciones. “Estos son asuntos que son realmente muy importantes en este momento para discutirlos sobre todo con los representantes de la Guardia Nacional, y otros temas que también nos afectan a todos de una manera sustantiva”, señaló. En tanto, Ernestina Godoy Ramos, procuradora General de Justicia de la Ciudad de México, refrendó el compromiso de que toda muerte violenta de mujer sea investigada bajo el protocolo de feminicidio. “Hemos decidido convocar a una asamblea plenaria extraordinaria para establecer bases de una estrategia nacional y atender los homicidios dolosos y los demás delitos relacionados con la delincuencia organizada, reconociendo cada autoridad municipal, estatal y federal su responsabilidad”. Sobre los puntos abordados en la Conferencia, Rubén Vasconcelos Méndez, fiscal General del Estado de Oaxaca y vocero de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia (CNPJ), abordó la importancia de la puesta en marcha de la Guardia Nacional y que se establecieron, además, las facultades y atribuciones de las fiscalías y procuradurías respecto a las funciones de la Guardia Nacional. Entre ellas destacan: Verificar las actuaciones de investigaciones urgentes que realice la Guardia Nacional, verificar las actuaciones de la Guardia Nacional cuando actúe como primeros respondientes; conducción y mando de investigaciones criminales, y actuación como auxiliares en medidas de protección. Además, auxilio en cumplimiento de mandatos judiciales y ministeriales; verificar la debida realización de técnicas de investigación, la cadena de custodia y disposición de bienes asegurados, entre otras. Asimismo, el Ministerio Público podrá solicitar el auxilio de la Guardia Nacional para llevar a cabo medidas de protección idóneas cuando estime que el imputado representa un riesgo inminente en contra de la seguridad de la víctima u ofendido. Por otra parte, se precisó que las funciones de prevención del delito, así como las funciones policiacas, corresponden a la Guardia Nacional y a las policías locales y municipales de nuestro país. Dentro de las facultades de la Guardia Nacional como sujeto procesal en el Sistema Penal se señala que es una institución de seguridad pública, y sus obligaciones son de prevención del delito, y sus derechos son los de presentar a los responsables que encuentren en flagrancia o presentar las denuncias que crean correspondientes ante la autoridad del MP. Acaró que es obligación de la Guardia Nacional investigar la comisión de delitos bajo la conducción y mando del Ministerio Público competente en el ejercicio de esa función. Finalmente, el INEGI presentó una estrategia para fortalecer la Estadística Nacional en Procuración de Justicia que coordinará el INEGI y que será implementada en la FGR.

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