Eliminar el feminicidio como delito 'echaría por la borda” la lucha de familiares de víctimas: OCNF

martes, 4 de febrero de 2020 · 18:54
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Ante la amenaza de eliminar el feminicidio como un delito y mantenerlo como agravante en el homicidio de una mujer, como lo propone el fiscal general de la República, Alejandro Gertz Manero, el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) consideró que eso “no sólo sería una acción regresiva, insensible y contraria a los estándares y recomendaciones en la materia, sino que echaría por la borda la histórica lucha de las madres y familiares de víctimas de feminicidio en México”. Tras recordar que en el país se mantiene un ominoso promedio de 10 mujeres asesinadas al día, y que 99% de los casos permanecen en la impunidad, el OCNF, que suma a 43 organizaciones defensoras de derechos de las mujeres en 24 estados del país, dijo que no es válido el argumento del fiscal sobre “la dificultad que tiene el Ministerio Público para acreditarlo”. Y es que ese fue el razonamiento que el fiscal dio a diputados federales de Morena en una reunión plenaria realizada el pasado 28 de enero. El OCNF reprobó que, en su iniciativa de crear un Código Penal Nacional Único, Gertz Manero pretenda eliminar un tipo penal sin un diagnóstico previo realizado entre las fiscalías y procuradurías locales, ya que “el feminicidio es generalmente un delito del fuero común que no es investigado y judicializado” por la Fiscalía General de la República (FGR). El OCNF precisó que la tipificación de feminicidio “responde a los resolutivos de Campo Algodonero dictada contra el Estado mexicano por la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, al demostrarse la negligencia en la investigación de las muertes violentas de mujeres en Ciudad Juárez, Chihuahua, y lo que existe –subrayó-- “son discrepancias normativas en la tipificación del feminicidio en los estados y resistencias para investigar como posibles feminicidios las muertes violentas de las mujeres”. No es que no haya dificultades para la acreditación del delito de feminicidio, sino que las instancias de procuración de justicia se han resistido a seguir el protocolo de actuación marcados en la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el caso de Mariana Lima Buendía, caso que se abrió por suicidio y posteriormente se ordenó que se reabriera e investigara como feminicidio, abundó. Más aún, en sus últimos informes sobre la implementación del tipo penal, de 2014 y 2018, el OCNF “ha documentado la existencia de una ruta de impunidad que inicia desde las primeras diligencias y los primeros respondientes; la falta de debida diligencia de peritos, policías y ministerios públicos, y la ausencia de sanciones a las y los servidores públicos por acción y omisión”. Esos factores obstaculizan el acceso a la justicia para las víctimas, que “culminan con criterios judiciales que adolecen de perspectiva de género, invisibilizan la violencia contra las mujeres, culpabilizan a las mujeres y sus familias de la violencia de la que son víctimas y/o justifican a los agresores con penas o argumentos criminalizantes”. De acuerdo con la organización de defensa de las mujeres, la justificación de Gertz Manero “no es más que una afirmación falaz y sin sustento práctico”, resaltando que existen sentencias condenatorias por ese delito, como en los casos de Lesvy Berlín Rivera Ochoa, en la Ciudad de México; de Emma Gabriela Molina Canto, en Yucatán, y de Alicia Díaz González, en Nuevo León, en los que “se logró acreditar las razones de género a través de investigaciones con pruebas científicas, objetivas y con perspectiva de género”. El Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio puso como ejemplo el estado de Nuevo León, donde la Fiscalía General de Justicia ha logrado judicializar como probables feminicidios el 50% de los crímenes de mujeres, en 23% de los cuales ha obtenido una sentencia condenatoria (30 entre marzo de 2018 y diciembre de 2019), “lo cual demuestra que con voluntad política para garantizar la debida diligencia y perspectiva de género en las investigaciones se pueden acreditar razones de género del delito de feminicidio y reducir la cifra de impunidad, que a nivel nacional en oscila en 99% de los casos”. De igual manera, advirtió que la tipificación del delito de feminicidio no sólo responde a una sentencia internacional, sino que forma parte de la lucha de familiares de víctimas desde los años noventa en Ciudad Juárez y se extendió a todo el país, logrando que “con el dolor a cuestas” el feminicidio “sea nombrado, tipificado, investigado y sancionado, con el único fin de encontrar justicia para nuestras hijas”. Las organizaciones que conforman el OCNF lamentaron “la falta de sensibilidad, la ausencia de perspectiva de género y cómo la grave problemática que acaba cada día con la vida de 10 mujeres no es una prioridad para las autoridades, y que antes de la garantía de los derechos de las mujeres se pondere la rapidez y la practicidad, lo que es contrario a la necesidad urgente de una política para erradicar este delito de raíz”. En su pronunciamiento apuntaron que los retos que enfrentan estriban en la falta de capacitación para acreditar el feminicidio; el desconocimiento de las razones de género, que en conjunto “no puede ser un pretexto para dejar aún más en la indefensión a las mujeres en México, y visibilizar este crimen de odio que cada día prevalece y se agudiza”. En ese sentido, el OCNF urgió a los poderes Ejecutivo y Legislativo federales, así como a la FGR y a las fiscalías estatales, incluir el delito penal de feminicidio “de manera autónoma y con razones de género objetivas” en el Código Penal Nacional Único, y tomar en cuenta los aportes de la sociedad civil, de la academia y de expertas en el tema para dicho código y las modificaciones que deban hacerse al Sistema de Justicia Penal, “garantizando los estándares internacionales en la materia”. Exigió a las autoridades de procuración de justicia dejar de “invisibilizar la violencia feminicida y el feminicidio”, y que homologuen los protocolos de investigación del delito de feminicidio atendiendo a estándares nacionales e internacionales, de manera particular implementando la sentencia del caso Mariano Lima, “para revertir el contexto de impunidad que aún persiste para la acreditación del feminicidio en México”. Finalmente, demandó la revisión de las investigaciones de muertes violentas de mujeres, “con el fin de identificar las fallas en la acreditación del tipo penal que conlleva a la impunidad de los casos” en las instancias de procuración de justicia estatales, y que “se inicien investigaciones y se sancione a las y los servidores públicos (policías de investigación, peritos y agentes del Ministerio Público) encargados de las investigaciones de feminicidios, que por sus acciones y omisiones han obstaculizado el acceso a la justicia para las víctimas”.

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